Jurisdicción civil y arbitraje

AutorFederic Adan Domènech
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Procesal de la Universidad Rovira i Virgili

El arbitraje es un sistema alternativo de resolución de conflictos que evita a las partes acudir ante los tribunales. Por el acuerdo de ambas partes pueden someter su controversia a un árbitro, cuya decisión, el laudo arbitral, será obligatoria.

La jurisdicción civil no debe operar, en aquellos casos en los que existe en el contrato objeto de debate, una cláusula arbitral con los requisitos que para su validez se fijan en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje (LArb) o el instrumento normativo que resulte operativo por el carácter del arbitraje que puede ser internacional.

Contenido
  • 1 Tratamiento procesal de la cláusula arbitral
  • 2 Ver también
  • 3 Recursos adicionales
    • 3.1 En formularios
    • 3.2 En doctrina
  • 4 Legislación básica
  • 5 Legislación citada
  • 6 Jurisprudencia citada
Tratamiento procesal de la cláusula arbitral

En cuanto al tratamiento procesal de la existencia de una cláusula arbitral, y dado que cabe una renuncia tácita al arbitraje, solamente puede el demandado hacer valer la existencia del mismo por medio de una declinatoria, art. 39 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Según el art. 11.3, LArb, el convenio arbitral no impide que las partes, antes de las actuaciones arbitrales o durante su tramitación, puedan solicitar al tribunal la adopción de medidas cautelares. A todo ello alude la Sentencia nº 55/2010 AP Barcelona, Sección 15ª, 4 de marzo de 2010 [j 1].

En la Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, de 12 de julio de 2004 [j 2] se resuelve recurso de casación por impugnación de un laudo arbitral.

La Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, de 14 de noviembre de 2007 [j 3] recoge un supuesto de sumisión al arbitraje.

También puede consultarse la Sentencia nº 136/2010 de Tribunal Constitucional, Sala 1ª, 2 de diciembre de 2010 [j 4] y Sentencia nº 13/2015 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Civil y Penal, 28 de enero de 2015 [j 5] en la que se anula un laudo arbitral por su contenido y no por tener algún defecto formal.

Ver también


Recursos adicionales

Jurisprudencia, Doctrina y Modelos en vLex.com en la voz Excepción de sumisión a arbitraje

En formularios

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