El juicio oral y la teoría del caso

AutorGianni Egidio Piva Torres/Wilmer de Jesús Ruiz Carrero/Williams de Jesus Lattuf Rodriguez
Cargo del AutorCoordinador. Abogado. Especialista derecho Civil, Procesal Civil. Especialista Derecho Penal y Procesal Penal. Especialista en materia de Drogas/Licenciado en ciencias policiales y criminalística, graduado en el Instituto Universitario de Policía Científica de Venezuela/Abogado. Universidad de Carabobo, Valencia, Estado Carabobo
Páginas523-553
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CAPÍTULO XXIX
El juicio oral y la teoría del caso
SUMARIO: 1. Generalidades; 2. Juicio oral; 3. Inicio y desarrollo del juicio oral; 4. Prin-
cipios del juicio oral; 5. Principio de oralidad; 6. Principio de inmediación; 7. Principio
de publicidad; 8. Principio de contradicción; 9. Principio de concentración; 10. Principio
de continuidad; 11. Principio de identidad física del juzgador; 12. Principio de la pre-
sencia obligatoria de la persona procesada; 13. Alegato de apertura; 14. Momento de
presentar el alegato de apertura; 15. Aspectos a tomar en cuenta en el alegato de aper-
tura; 16. Presentación del alegato de apertura; 17. Presentación del tema o lema de la
historia; 18. Exposición de la versión de los hechos; 18.1. Fundamentos jurídicos; 18.2.
Fundamentos probatorios; 18.3. Conclusión; 19. Consejos prácticos para la exposición
del alegato de apertura.
1. Generalidades
Efectivamente, es en el juicio oral y público donde la teoría del caso se
va a presentar; los litigantes expondrán su caso ante el tribunal, relatando
los hechos, con la perspectiva de lo que van a conf‌irmar y probar conforme
a su teoría del caso en el debate judicial. Tanto el abogado acusador como la
defensa mostrarán las fortalezas en sus aseveraciones; de tal modo, que la
historia que se narre sea de una forma sucinta, coherente, creíble y cónsona
a lo sucedido.
Al respecto, en la audiencia de juicio oral y ante el juez competente, al
comienzo del debate, se verif‌ican las presencia de las partes, luego los litigan-
tes presentan de forma oral su alegato introductorio o alegato de apertura, que
debe ser acorde con su teoría del caso, donde expondrá los hechos relevantes,
la fundamentación jurídica y los elementos probatorios que van a sostener y
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LA INVESTIGACIÓN D EL DELITO EN EL DERECHO PENAL ESPAÑ OL, ESPECIAL REFERENCIA A L A TEORÍA DEL CASO
GIANNI EGIDIO PIVA TOR RES COORDINADOR | WILMER DE JESÚS RUIZ C ARRERO | WILLIAMS DE JE SUS LATTUF RODRIGU EZ
comprobar lo expresado, con la práctica de la prueba. En este contexto, en el
juicio oral regirán principalmente los principios de inmediación, publicidad,
concentración, continuidad, oralidad y contradicción.
En suma, en la audiencia de juicio oral la teoría del caso va a tener su
esplendor, tanto los litigantes, que asumen la acusación como la defensa, se
lucirán, disertará n sobre el caso previamente estudiado, con un buen relato de
los hechos, indicando el aspecto jurídico y los elementos probatorios, enlazán-
dolos de una manera concreta, coherente y creíble, con total seguridad, con el
objeto de ofrecer su visión de los hechos y lograr comprender su caso e inf‌luir
en el juzgador, para tener grandes posibilidades de ganar el caso.
2. Juicio oral
El juicio oral es la audiencia contradictoria, es una confrontación entre
las partes; de modo, es una lucha legal entre el acusador y la defensa con un
juez espectador. En torno a esto, es oportuno citar a Moreno Brant:344 «Consti-
tuye el juicio oral y público, la fase fundamental del proceso ordinario, en cuanto es
en ella donde, conforme ya habíamos dicho antes, se patentiza con mayor amplitud
los principios y garantías procesales propias del sistema acusatorio, con base a las
apreciaciones deducidas por el debate, se decide, en consecuencia, acerca de la im-
putación materia del proceso».
Señala la jurisprudencia: «el juicio oral adquieren un papel relevante a la
hora de conformar la convicción probatoria de la Sala sentenciadora»345.
En lo concerniente, señala Pérez Sarmiento,346 «Que el juicio oral es la fase
más importante del proceso penal acusatorio, porque siguiendo la lógica acusatoria, si
344 MORENO BRANT, Carlos. El Proceso Penal. Editorial Vadell. Caracas, 2011, p. 68.
345 Sentencia Penal Nº 426/2010, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec
1905/2009 de 28 de Abril de 2010.
346 PÉREZ SARMIENTO, Eric Lorenzo. Comentarios al Código Orgánico Procesal Pe-
nal. Editorial Vadell Hermanos. Caracas, 2012, p. 421.

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