SAP Madrid 453/2005, 23 de Noviembre de 2005
Ponente | FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT |
ECLI | ES:APM:2005:15330 |
Número de Recurso | 418/2005 |
Número de Resolución | 453/2005 |
Fecha de Resolución | 23 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª |
FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT
ROLLO DE APELACION Nº 418/2005.
JUICIO DE FALTAS Nº 1.114/2004.
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 39 DE MADRID.
S E N T E N C I A Nº :
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION SEXTA
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En Madrid a 23 de Noviembre de 2005.
VISTA, en segunda instancia, por el Ilmo. Sr. D. Francisco Jesús Serrano Gassent, Magistrado de la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo establecido en el art. 82.2º, párrafo 2º, de la Ley Orgánica del Poder Judicial , la presente apelación contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº 39 de Madrid, de fecha 6 de Mayo de 2005 , en la causa citada al margen, siendo parte apelante D. Emilio y parte apelada Mutua Madrileña automovilista.
Por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 39 de Madrid, se dictó sentencia de fecha 6 de Mayo de 2005 , siendo su relación de hechos probados como sigue: "Sobre las 18,45 horas del día 24-08-04 en la madrileña calla Duque de Sesto, D. Salvador procedió a realizar una maniobra de marcha atrás con su vehiculo marca volkswagen modelo Polo, matricula ....WWW, a fin de sacarlo del estacionamiento en bateria, y cuando ya estaba fuera del - aparcamiento se acercó por dicha via el vehículo marca citroen, modelo Yumper, matricula 9451CPR, propiedad de la Sociedad Recogida, TTE y Distribución Postal S.L., conducido por su empleado Emilio, quién en vez de facilitar la maniobra no se detuvo tocando el cláxon varias veces y g6lpeando en repetidas ocasiones el vehiculo volkswagen, continuando así su trayectoria hasta que no pudo continuar la marcha al llegar a la esquina de la calle. A consecuencia de estos hechos Emilio sufrió un traumatismo cervical y fractura hueso grande derecho, para cuya curación precisó tratamiento médico, tardando en sanar 142 días en los que estuvo impedido para su ocupaciones habituales, quedándole como secuela síndrome postraumatico cervical leve (2 puntos)".
Siendo su parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo absolver y absuelvo a Salvador y la Mutua Madrileña Automovilista de la falta por la que ha sido enjuiciado, declarando de oficio las costas procesales".
Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por D. D. Emilio recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso se dio traslado del mismo a las demás partes personadas para que alegasen lo que estimaran oportuno, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.
En fecha 28 de Octubre de 2005, tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación, señalándose para la resolución del recurso la audiencia del día 22 de Noviembre de 2005, sin celebración de vista.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos los hechos probados que figuran en la sentencia apelada.
Por D. Emilio se recurre en apelación contra la sentencia dictada en la primera instancia del presente procedimiento por considerar que en dicha sentencia se incurre en un error en la apreciación de la prueba.
La sentencia recurrida no consideró probada la responsabilidad del denunciado, Salvador, en...
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