Jubilaciones
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Las profundas transformaciones que en multitud de aspectos ha experimentado en nuestro país a lo largo de los últimos años el régimen administrativo en general y el funcionarial en particular, unido a la eclosión de nuevas universidades que con anterioridad se había producido, ha conferido a algunas tareas en apariencia sencillas una dosis de complejidad que no por pasar de ordinario inadvertida resulta más fácil conjurar.
No es ya que (felizmente) se hayan multiplicado los cultivadores de la historia jurídica, los historiadores del derecho integrados en los cuerpos docentes universitarios y, en concreto, los profesores titulares y catedráticos de historia del derecho en las distintas universidades sino que, simultáneamente, se han diversificado, por otra parte, las situaciones administrativas, lo que en medida paralela dificulta hasta extremos insospechados el conocimiento de la trayectoria de nuestros colegas. La heterogeneidad del perfil que cada universidad asigna, además, a la figura del profesor emérito, así como la duración y posibilidades de renovación que consecuentemente se le atribuye, constituye, en fin, un factor adicional de disparidad.
Entiéndase lo anterior, ya que no como justificación, al menos como intento de clarificación de una realidad que produce inocultable insatisfacción en los actuales rectores del anuario, por cuanto desemboca en la práctica imposibilidad de registrar con la deseable puntualidad en las sucesivas entregas de nuestra revista las incidencias administrativas que en ocasiones afectan a los colegas, y en especial sus respectivas jubilaciones. Reiteradamente, por mor de circunstancias a veces inimaginables, los mejores propósitos de reflejar y seguir dando cuenta a los lectores de la trayectoria profesoral de los compañeros en el oficio quiebran de hecho ante una realidad sumamente lábil y variada.
Así las cosas, resulta obligado, en...
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