STSJ Comunidad de Madrid 683/2007, 23 de Mayo de 2007

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO
ECLIES:TSJM:2007:8671
Número de Recurso3418/2003
Número de Resolución683/2007
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00683/2007

Recurso Núm. 3418/03

Ponente: Sra. Amparo Guilló Sánchez Galiano

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

SENTENCIA Núm.683

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

______________________________________

En la Villa de Madrid, a 23 de mayo de dos mil siete.

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 3418/03 promovido por don Jose Ignacio, representado por la Procuradora doña Pilar Segura Sanagustin, contra la Resolución de 20 de octubre de 2003 de la Subdirección de Gestión de Personal de la Sociedad estatal Correos y Telégrafos, por la que se acuerda que no procede la jubilación por incapacidad permanente del recurrente ya citado; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se anule el acto impugnado, declarando el derecho del recurrente a ser jubilado por incapacidad permanente total, con todos los pronunciamientos legales favorables derivados de dicho reconocimiento.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se confirmase el acto recurrido en todos sus extremos.

TERCERO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, se fijó para ello la audiencia del día 9 de mayo de 2.007, teniendo así lugar.

Siendo ponente la Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente proceso interesa el recurrente se anule y deje sin efecto la resolución de la Subdirección de Gestión de Personal de la Sociedad estatal Correos y Telégrafos de fecha 20 de octubre de 2003 que acordó denegar por improcedente la jubilación por incapacidad permanente total del ya citado recurrente.

En apoyo de su pretensión alega el demandante, funcionario del Cuerpo de Auxiliares Postales y de Telecomunicación de la Escala de clasificación y reparto, que padece proceso patológico que le imposibilita totalmente para el desarrollo de una actividad normal no solo laboral sino incluso para la vida diaria. Señala que hasta el año 1996 desarrollaba sus funciones de reparto utilizando un ciclomotor de la entidad, pero debido a los padecimientos que luego tuvo solicito se le asignara un vehículo automóvil para realizar las funciones de reparto, hasta que, debido a la agravación de su enfermedad, paso a realizar funciones...

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