Jornadas «el fuero de laredo en el octavo centenario de su concesión»

AutorMargarita Serna
Páginas813-816

Page 813

Laredo, 28, 29 y 30 de septiembre de 2000

Los días 28, 29 y 30 de septiembre de 2000 el Seminario de Historia del Derecho de la Universidad de Cantabria, dirigido por el Profesor D. Juan Baró Pazos, Catedrático de His-Page 814toria del Derecho, y el comité científico creado para la ocasión, presidido por D. José María Font Rius, Catedrático Emérito de Historia del Derecho, organizaron en la villa de Laredo (Cantabria) unas jornadas con motivo de la celebración del octavo centenario de la concesión del Fuero de Logroño a Laredo, contando con el apoyo económico del Ayuntamiento de Laredo y del Vicerrectorado de Investigación de dicha Universidad.

Tras el acto de inauguración presidido por D. Fernando Portero, Alcalde de la villa de Laredo; D. Héctor Alonso, Director General de Cultura del Gobierno Regional de Cantabria, y por D. Ramón Maruri, Vicerrector de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria, se iniciaron las sesiones de trabajo.

En la primera sesión, que tuvo lugar durante la mañana del jueves 28 presidida por Juan Ignacio Ruiz de la Peña, Catedrático de Historia Medieval de la Universidad de Oviedo, desarrollaron sus ponencias los profesores Gonzalo Martínez Diez, Catedrático Emérito de Historia del Derecho de la Universidad Juan Carlos I de Madrid; Joaquín Salcedo Izu, Catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Navarra; Carmen Sáenz Berceo, Profesora Titular de Historia del Derecho de la Universidad de La Rioja, y Javier García Turza, Profesor Titular de Historia Medieval igualmente de la Universidad de La Rioja.

Este primer grupo de intervenciones tuvo como finalidad situar la concesión del Fuero de Laredo en el marco de la política general del reino de Castilla, motivo por el cual Gonzalo Martínez Diez situó la concesión del Fuero de la villa laredana en el contexto de la política nacional e internacional de Alfonso VIII, refiriéndose especialmente al proceso de creación de villas mercantiles en las costas cantábricas tanto en el territorio que con el tiempo constituirá el Corregimiento de las Cuatro Villas como en Vizcaya y Guipúzcoa.

A continuación Joaquín Salcedo Izu expuso el modo en que se produjo la penetración del derecho franco en los reinos peninsulares a través del Camino de Santiago llamando la atención sobre el contenido de la expresión «derecho franco», que debe entenderse más como un derecho peculiar, urbano, mercantil, de libertades que como el derecho de un determinado grupo étnico o nacional, al menos a partir del siglo XI, momento en el que el calificativo «franco» pierde la connotación étnica que hasta entonces había tenido para empezar...

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