John Stuart Mill y la Violencia de Género: las trampas de la educación diferencial

AutorJuana María Gil Ruiz
CargoUniversidad de Granada
Páginas62-84

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Este trabajo forma parte del proyecto John Stuart Mill (2006). Actualidad del paradigma utilitarista en la Política y el Derecho, HUM2004-05983-C04-04, Dirección General de Investigación del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Ningún hombre ni mujer que posee medios de vida o que puede ganárselos con su trabajo, precisa más protección de la que la ley podría y debería darles

, TAYLOR, H., capítulo VII «Del futuro probable de las clases trabajadoras» en MILL,

J. S., Principios de Economía Política con algunas de sus aplicaciones a la filosofía social.

I Introducción

Celebramos el segundo centenario del nacimiento de un pensador, John Stuart Mill quien, a juicio de uno de sus contemporáneos, Odysse Barot 2, «es el piloto intelectual de nuestro siglo (xix), el nombre que contribuyó, más que otro alguno de esta generación, a marcar rumbo al pensamiento de sus contemporáneos. Quizá no ha inventado nada, no ha creado sistema alguno, y la mayor parte de sus ideas fundamentales se derivan de sus predecesores, pero lo ha transformado todo, y ha cambiado la dirección de la gigantesca nao del humano espíritu».

Prueba de la extraordinaria actualidad del pensamiento milleano, pasados dos siglos, sin duda la encontramos en el ensayo más atrevido e innovador de este autor: The Subjection of women (1869).

Desde entonces hasta ahora, y tal y como ha sido señalado por Alice Rossi, «este ensayo -La Sujeción de la mujer- permanece casi Page 63 único como análisis intelectual de la situación de la mujer, y como llamado a una acción política para lograr la igualdad entre los sexos» 3. Éste, junto a La demanda 4de Thompson y Wheeler, constituyen los primeros ensayos rigurosos y arriesgados escritos por hombres con respecto a la infame situación de subordinación legal y real de las mujeres. «Se trata -en palabras de Elizabeth Cady Stanton-, en efecto, de la primera respuesta de un hombre que se muestra capaz de ver y sentir todos los sutiles matices y grados de los agravios hechos a la mujer, y el núcleo de su debilidad y degradación» 5. Page 64

No obstante, la obra de Mill dedicada a denunciar la situación de subordinación de las mujeres no ha sido considerada tan fundamental como otras, ya que pese a ser citada por los estudiosos de Mill, sin embargo no suele incluirse dentro de las colecciones de sus ensayos sobre libertad e igualitarismo. Éste es el caso de la colección editada por Max Lerner, Essential Works of John Stuart Mill, Bantam Books, Nueva York, 1961, que incluye la Autobiografía, Sobre la libertad, utilitarismo y La utilidad de la religión, y que al excluir a La Sujeción de la mujer nos hace imaginar que no se la consideró una de las obras esenciales del pensamiento milleano.

Este curioso desinterés también es denunciado por Carrie Chapman Catt, en el prefacio a una edición americana de La Sujeción de la mujer cuando afirma que: «Durante algunos años el libro ha permanecido sin ser editado, y sus páginas han quedado ignoradas de aquéllos que mejor deberían conocerlas. Una nueva edición es un acontecimiento digno de ser celebrado, y su accesibilidad para las masas resultará de incalculable valor para el movimiento» 6.

Pero junto a la publicación The Subjection of Women (1869), otros trabajos completan el debate sobre la Igualdad sexual, con sus virtudes y limitaciones, mantenido por J. S.Mill y su compañera intelectual H.Taylor y que enriquecen la reflexión milleana. Nos referimos a los famosos Ensayos sobre el matrimonio y el divorcio 7que Harriet Taylor y J. S. Mill se escribieron mutuamente (1831-1832), así como un librito -como Mill lo calificaría- publicado en 1851 en la Wetsminster Review, titulado La emancipación de la mujer y cuya autoría, no exenta de polémica, parece adjudicarse a su esposa Harriet Taylor Mill 8.

Valga este artículo, pues, como pequeño homenaje de reconocimiento a su postura «pionera» y atrevida de denuncia referente a la situación de subordinación de las mujeres, tanto a nivel teórico como político, aun cuando, anunciemos debilidades en su posicionamiento teórico, consecuencia, probablemente de la estrechez y de los condicionamientos del pensamiento dominante. Page 65

II La violencia de género: una lacra social de ayer y de hoy

Hoy, tanto como ayer, la violencia de género sigue erigiéndose en lacra social por antonomasia, responsable de más del 68% de muertes violentas de mujeres en el mundo, según el último informe de la Organización Mundial de la Salud. En algunos países, como en Francia, se han acuñado nuevos vocablos -La maltraitance- que vienen a enfatizar esta plaga social. Tanta violencia ha llegado a generar en la ciudadanía cierta dosis de alarma social y a plantear multitud de cuestiones en relación al maltrato.

Sin embargo, el «fenómeno» de la Violencia de Género no es nada nuevo. De hecho, la preocupación por los malos tratos aparece más que presente a lo largo de la obra de los Mill, lo que viene a demostrar que cuando hablamos de Violencia de Género no hablamos de un fenómeno social nuevo, propio del contexto del si glo xxi, sino de un mal silencioso en lo privado y silenciado por lo público.

Nunca faltan mujeres que se quejen del maltrato por parte de sus maridos. Serían infinitamente más si la queja no fuera la mayor de todas las provocaciones para que el maltrato se repita y aumente. (...) En ningún otro caso (salvo el de un niño), después de haberse probado judicialmente que ha sufrido daño, se vuelve a colocar a la persona bajo el poder físico del culpable que lo infligió. En consecuencia, las esposas, incluso en los casos más extremos y prolijos de maltrato corporal, rara vez osan valerse de las leyes hechas para su protección; y si en un momento de indignación irreprimible son inducidas a hacerlo, todo su esfuerzo posterior es revelar lo menos que puedan y suplicar que retiren a su tirano el castigo merecido

9. «Ningún colmo de maltrato, sin sobreañadir el adulterio, liberará en Inglaterra a una esposa de atormentador»10.

Ídem sucede en la actualidad en España, lo que ha motivado una reacción institucional y cambios legales urgentes. Según datos del Ministerio del Interior y de la Secretaría de Igualdad: el número de mujeres asesinadas por su pareja en el año 2004 se eleva a cien; más de dos millones de mujeres españolas sufren anualmente malos tratos físicos -que no psíquicos-; las mujeres que se deciden a denunciar Page 66 llevan soportando una media de 10 a 20 años de violencia; sólo se denuncian un 10% de las agresiones; de éstas, el 43% de las víctimas no siempre acuden a juicio; cuando lo hacen, el 45% no siempre ratifica su denuncia; un 11% de este ridículo porcentaje asiste y perdona al agresor; para terminar con el «el vuelta a empezar» al reconocer el 1% que hubo agresiones mutuas.

Sin embargo, los «esfuerzos legales» de ayer y de hoy 11continúan sin conseguir erradicar, ni tan siquiera paliar, las consecuencias del llamado terrorismo doméstico. El propio Mill reconocía el desinterés originario del Derecho en torno al maltrato, y las razones del fracaso legal.

La ley, que hasta hace poco dejaba casi sin castigo estos extremos atroces de opresión doméstica, ha hecho en los últimos años débiles intentos de reprimirlos. Pero se ha conseguido poco, y no cabe esperar ningún cambio, porque es contrario a la razón y a la experiencia suponer que pueda haber un freno real a la brutalidad compatible con seguir dejando a la víctima en manos del verdugo

12.

Indiscutiblemente la medida propuesta por Mill resultaba esencial y básica para evitar el reencuentro con el maltratador y la potencialidad de una nueva agresión. No en vano, en la actualidad, más del 60% de los episodios de violencia doméstica con resultado de muerte se manifiestan tras la solicitud de separación conyugal o expresión del desamor. Y conocemos que las razones que explican que una importante ratio de agresiones acaezcan entre cónyuges o parejas de hecho en vías de separación son: la agudización de la violencia o su desencadenamiento al inicio del procedimiento de separación; la no admisión por parte del agresor de que su pareja quiera poner fin a la relación y abandonarlo; y por último, un incremento de la tensión entre ambos al no coincidir en cómo han de regularse las cuestiones económicas y personales tras la separación.

Pero las víctimas mortales de la violencia de género no son más que el símbolo de la lucha por romper con la violencia estructural que reatraviesa a las mujeres en todas las facetas de la vida pública y privada. «En las luchas por la emancipación política -afirma Mill-, todos saben con cuánta frecuencia se compra a sus adalides mediante sobornos o se los intimida con terrores. En el caso de las mujeres, cada individuo de la clase sometida se encuentra en un estado crónico de Page 67 soborno e intimidación combinados. Al levantar la bandera de la resistencia, un gran número de las dirigentes y aún más de las seguidoras deben hacer un sacrificio casi completo de los placeres o consuelos de su suerte individual». Y Mill sentencia: «Si algún sistema de privilegio y sometimiento obligado ha remachado el yugo sobre el cuello de aquéllos a los que mantiene doblegados, es este del dominio masculino» 13.

Y es que hablamos, sencillamente, de una cuestión de Poder, o mejor dicho, de poder poseer. Entendemos que el maltrato doméstico se erige sobre la propia violencia ejercida a la mitad de la ciudadanía, retroalimentándola. No nos olvidemos, que «el sistema de género que impone el predominio de los hombres sobre las mujeres y les otorga más privilegios, es una organización social...

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