IVA

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas10-11

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La Ley del IVA prevé la posibilidad de modificar la base imponible en caso de créditos total o parcialmente incobrables. Entre otros requisitos, se exige que el sujeto pasivo haya instado el cobro de la deuda mediante reclamación judicial al deudor o por medio de requerimiento notarial, incluso cuando se trate de créditos afianzados por Entes públicos.

En relación con este último supuesto, se plantea la posibilidad de calificar como "requerimiento notarial" a estos efectos el servicio ofrecido a través de Internet por determinadas entidades en las que la intervención del fedatario público se limita a un depósito notarial y a un control global del correcto funcionamiento del sistema, siendo las propias empresas que ofrecen el servicio quienes certifican las circunstancias y el contenido del envío (y ofreciendo en determinados casos un testimonio notarial de envío).

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La DGT, previa consulta a la Dirección General de Registros y del...

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