El itinerario de la reestructuración y su impacto sobre el régimen jurídico del personal del sector público
Páginas | 65-85 |
PÚBLICO Y PRIVADO EN LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS: REESTRUCTURACIÓN, EXTERNALIZACIÓN Y REVERSIÓN A LA ADMINISTRACIÓN
65
Mauri Majós, J. (2017), «Consecuencias de la remunicipalización en materia de personal»,
Cuadernos de Derecho Local, núm. 43, pp. 79-123.
Ortega Bernardo, J. y Sande Pérez-Bedmar, M. de. (2015), «El debate sobre la remunicipa-
lización de los servicios públicos: aspectos jurídicos, administrativos y laborales», Anuario
de Derecho Municipal, núm. 9, pp. 63-96.
Tornos Mas, J. (2017), «La llamada remunicipalización de los servicios públicos locales.
Algunas precisiones conceptuales», Cuadernos de Derecho Local, núm. 43, pp. 12-30.
2. EL ITINERARIO DE LA REESTRUCTURACIÓN Y SU IMPACTO SOBRE EL RÉGIMEN
JURÍDICO DEL PERSONAL DEL SECTOR PÚBLICO18
2.1. Introducción
Nuestro trabajo quiere contribuir a identificar las medidas surgidas en el proceso de re-
estructuración realizado en el sector público estatal, autonómico y local, consideradas en su
conjunto y desde una perspectiva general.
Por tanto, nuestra pretensión es más expositiva que analítica. Lo que se intenta es com-
prender el origen, la necesidad y la actual posición de determinadas medidas que, surgidas
en el marco del proceso de racionalización, se apartan de los requisitos, los procedimientos
y las formalidades propias del modelo «típico» de gestión por la urgencia del momento y el
contexto de su creación, aunque se acaben consolidando por constituir un recurso apropiado
del interminable proceso de reconsideración del modelo de gestión de los aparatos públicos.
Cuando se vuelve la vista atrás se advierte que los procesos de reestructuración y racio-
nalización del sector público del Estado, de las comunidades autónomas y de los entes loca-
les, que han impulsado las autoridades centrales a partir del Informe CORA (2012), adoptan
una perspectiva estricta de reducción del gasto, pretendiendo conseguir un sector público
más racional y mejor dimensionado, más concentrado y homogéneo, con el doble objetivo
de evitar duplicidades y solapamientos, y corregir la dispersión y la heterogeneidad existentes.
Tal planteamiento presupone la existencia de una relación directa entre la estructura de
la Administración, su excesiva diversificación en figuras instrumentales y su tendencia a la
adopción de formas privadas de gestión, con la crisis económica y la necesidad de recuperar
el principio de eficacia garantizando la estabilidad y la sostenibilidad financiera de los servi-
cios públicos (Montoya Martín, 2014: 2-3).
18 Este apartado se ha redactado por Juan José Mauri Majós. Departamento de Derecho Administrativo,
Derecho procesal y Derecho Financiero y Tributario la Universidad de Barcelona.
INVESTIGA
66
Se trata, pues, de racionalizar y ordenar, procurando la extinción de lo superfluo o lo no
eficaz, reconsiderando y transformando los modos de prestación que han adquirido más
difusión, limitando en definitiva la toma de decisiones en el ámbito de la organización ad-
ministrativa, acotando la creación y el mantenimiento de los entes existentes en función de
la valoración de la actividad que desarrollan, de su funcionalidad y de la situación económi-
ca-financiera en la que se encuentran (Cueto Pérez, 2014: 1069-1071).
Lo dicho presupone la definición de una serie de políticas relativas a la organización y la
actividad del sector público que se van implantando progresivamente, de forma aislada y
desagregada, poco coordinada, y que cristalizan en determinados momentos en una reforma
de una ley general del Estado o en la introducción de una norma con rango de ley de una
comunidad autónoma.
En todo caso, la inexistencia de un marco estable y permanente o, si se quiere, de una
formulación unívoca y segura del proceso de reestructuración se manifiesta directamente en
el ámbito de personal, es decir, en las consecuencias que los procesos de transformación,
fusión o extinción de entes públicos tienen sobre el régimen jurídico de personal, el volumen
de plantilla o las condiciones de trabajo imperantes en una determinada organización (Es-
cudero Rodríguez, 2015: 25-29).
Precisamente, lo que se pretende ahora, como ya se ha dicho, es la identificación y siste-
matización de dichos efectos y la exploración de su resultado contrastándolo con la doctrina
judicial producida sobre su aplicación.
2.2. Reestructuración y racionalización en el sector público estatal
Hay que dar la importancia que merece a la Orden HAP/583/2012, de 20 de marzo, por
la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de marzo de 2012, por el que
se aprueba el plan de reestructuración y racionalización del sector público empresarial y
fundacional del Estado. Dicho Acuerdo pretende tener por sí mismo una importancia signi-
ficativa sobre la dimensión del sector público empresarial y fundacional del Estado, pero
aspira a su vez a ser suficientemente relevante para producir un efecto multiplicador en la
medida en que los criterios de actuación que en él se plasman sean asumidos por las comu-
nidades autónomas y las corporaciones locales, induciendo una reducción sustancial de sus
sectores públicos empresariales y fundacionales.
La aplicación de los principios y medidas contenidas en el Acuerdo pretenden ir en una
doble dirección: la fusión de sociedades o fundaciones con objeto análogo, conjugada con la
liquidación y extinción de entidades cuya pertenencia al sector público no se justifica por
razón de interés público y cuya actividad requeriría de aportaciones presupuestarias.
La dimensión laboral de este proceso de reestructuración se plasma en las consecuencias
siguientes: (1) la aparición de una figura denominada plan de redimensionamiento que actúa
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba