Italia. Legislación

AutorMirko Faccioli - Mauro Tescaro - Stefano Troiano
Páginas1357-1357

Page 1357

Decreto legislativo de 4 de marzo de 2010, núm. 28, sobre mediación

Es el resultado de la transposición de la dir. 2008/52/CE, de 21 de mayo de 2008, sobre determinados aspectos de la mediación. El decreto supone una completa y puntual recepción de la directiva, en materia de calidad (art. 4 dir.) y de recurso a la mediación (art. 5 dir.), ejecutividad de los acuerdos (art. 6 dir.), reserva (art. 7 dir.) e impacto de la mediación en los plazos de prescripción y caducidad (art. 8 dir.). Debe señalarse además la heterogeneidad de materias elencadas en el art. 5 del decreto. Así: la comunidad, el arrendamiento, el comodato, los derechos reales, la sucesión hereditaria, la responsabilidad médica, etc. El recurso a la mediación será obligatorio cuando en la norma entre en vigor (un año, a partir del 21 de marzo de 2010) y deviene una condición previa a la presentación de una demanda judicial.

Decreto legislativo de 26 marzo 2010, núm. 59, sobre servicios

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