La irrupción de una nueva población en los municipios y el hacinamiento de los inmigrantes en viviendas y barrios degradados

AutorVicenç Aguado I Cudolà - Agustí Cerrillo I Martínez
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Administrativo. Universitat de Barcelona - Profesor de Derecho Administrativo. Universitat Oberta de Catalunya
Páginas27-38

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1. La irrupción de una nueva población en los municipios españoles

Desde hace un par de décadas, España ha pasado de ser un país eminentemente emisor de flujos migratorios a recibir una nueva población procedente de países en vías de desarrollo. La incorporación del Estado español a la Unión Europea junto a una mejora de la situación económica ha convertido a nuestro país en el objetivo de una inmigración que intenta salir de las graves limitaciones, especialmente de carácter económico, profesional y laboral, en que se encuentra en sus países de origen y que busca nuevas oportunidades para mejorar su situación. España, como parte del espacio europeo, constituye una esperanza para aquellos inmigrantes para los que no existe ninguna perspectiva en sus países de origen. Dicha esperanza no siempre es correspondida cuando los inmigrantes llegan a nuestro país, encontrándose una situación dura no sólo para poder ahorrar y enviar algo a sus familias, sino sobre todo para cubrir sus necesidad vitales más básicas, entre las que destaca obviamente la de encontrar un techo en el que poder vivir.

Estos nuevos flujos migratorios que se dirigen a nuestro país difieren de los movimientos migratorios a que estábamos acostumbrados y que fundamental-mente se dieron en la década de los años sesenta entre diversos territorios del mismo Estado español y, fundamentalmente, del campo a la ciudad. En efecto, si bien la inmigración de origen latinoamericano comparte un idioma común, religión y similares raíces culturales, como pudiera suceder en migraciones anteriores, un gran número de inmigrantes vienen de zonas muy diversas del mundo, con sus propios idiomas, religiones y culturas. A ello deben añadirse la existencia de un Derecho de extranjería que comporta la introducción de diver-sos regímenes jurídicos en la situación de la persona y que establece una línea

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muy nítida entre personas en situación regular y personas en situación irregular. Esta última situación comporta unos derechos mínimos pero veda jurídicamente el acceso al mercado de trabajo y sitúa de forma fáctica al inmigrante en una posición muy difícil de cara al acceso a una vivienda en unas condiciones dignas.

La constatación de la presencia de la inmigración, más allá del volumen de tránsito en nuestras fronteras, se evidencia diariamente en la presencia de una nueva población en nuestros municipios. De esta forma, simplemente paseando por las calles de nuestros municipios se puede ver la presencia, cada vez más numerosa, de personas que han llegado recientemente con la intención de fijar aquí su residencia para mejorar sus condiciones de vida. Sin embargo, la constatación más precisa de las cifras de esta nueva población se produce a través del padrón municipal y de los datos que en base al mismo nos proporciona el Instituto Nacional de Estadística15.

En este sentido son ciertamente significativos ciertos datos obtenidos en base al padrón municipal16. A finales del año 2001 se puede constatar cómo el conjunto de la población española tiene su vivienda, de forma mayoritaria, en régimen de propiedad, mientras que para la población de origen extranjero la situación es totalmente distinta, estando su vivienda en la mayoría de los casos en régimen de alquiler17. El bajo nivel de los tipos de interés, el fácil acceso a los créditos hipotecarios y el arraigado sentido de la propiedad en la población española ha propiciado que el régimen de vivienda en alquiler sea minoritario en nuestro país. Para la población extranjera que se establece efectivamente en territorio español la realidad es bien diferente, debido a que la situación de irregularidad impide materialmente el acceso a una financiación que permita la compra de la vivienda. Por tanto, el régimen de propiedad para el inmigrante que se encuentra en España pasa ineludiblemente por la regularización de su situación y la estabilización de su situación laboral, aspectos que van estrechamente interrelacionados.

Ni que decir tiene que el régimen de ocupación de la vivienda (ya sea de propiedad, alquiler o mera tenencia) resulta fundamental para asegurar la estabilidad de su residencia efectiva y, por tanto, de su integración en la población

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de acogida18. Así, se ha señalado que: «Actualmente, la vivienda es, después del permiso trabajo y residencia y de sus condiciones laborales el factor más determinante a la hora de conseguir una mínima estabilidad en los territorios de acogida que le posibilite su integración»19. Ahora bien, un aspecto fundamental también viene dado por las condiciones en que pueden habitarse dichas viviendas. Las cifras estadísticas también son muy relevantes al respecto. En efecto, la superficie de las viviendas varía sustancialmente en función de cual es la nacionalidad de sus ocupantes. Más de un 30% de la población de procedencia africana, hispanoamericana y asiática vive en una vivienda que tiene entre 31 y 60 metros cuadrados20.

Las cifras confirman una situación que fácilmente se puede intuir. Los inmigrantes viven mayoritariamente en pisos de alquiler, más pequeños y en peores condiciones que los ciudadanos españoles21. Estas cifras oficiales constituyen, por tanto, una realidad que no puede ignorarse y sobre la que tienen que trabajar las Administraciones en el diseño e implementación de políticas públicas que permitan hacer efectivo el derecho a una vivienda digna así como la integración de los inmigrantes en la sociedad española. En cualquier caso, debe

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tenerse en cuenta que no se trata de beneficiar porque si a un segmento de la población en detrimento de otra. Se trata de establecer unas bases mediante las cuales pueda llegarse a establecer unas condiciones objetivas de igualdad y de remover los obstáculos para aquellas personas que vienen a establecerse en nuestro país. El alto coste que tiene la vivienda en nuestro país y el incremento de los precios supone un obstáculo prácticamente insalvable. Con todo, debe tenerse en cuenta también que el Estado del bienestar tiene sus límites y que existen unos condicionantes y limitaciones que impedirían acoger a toda la población inmigrante en nuestro país.

2. La diversidad de necesidades de los municipios españoles en relación al alojamiento de los inmigrantes: barraquismo horizontal y barraquismo vertical

La diversidad entre los entes locales plantea también una diversidad de problemáticas y necesidades en materia de vivienda. Así, en algunos municipios el problema se plantea respecto a la alta concentración de inmigrantes que viven hacinados en pisos que se encuentran en zonas degradadas que es necesario recuperar y rehabilitar. En otros municipios, en cambio, no existe tanto un entorno urbano, sino que son de nueva o reciente creación, debido al crecimiento y desarrollo económico que experimentan estas poblaciones. En estos municipios es, quizá, donde se produce una mayor comparación con la población autóctona y, por tanto, con riesgo de que el impulso de políticas activas a favor de la inmigración, como podría ser la promoción de nuevas viviendas, pueda generar un cierto rechazo. También plantea un debate sobre si los costes del alojamiento de los inmigrantes deben ser asumidos por los poderes públicos o bien por los empresarios que los contratan.

En las actuaciones de los ombudsman autonómicos se puede constatar la problemática de ciertos barrios o núcleos de población donde se concentra la población inmigrante. En el año 1998 encontramos el informe específico «Intervención del Ararteko sobre actuaciones policiales con personas de origen extranjero en la zona de San Francisco (Bilbao)». Los destinatarios de las actuaciones del Ararteko son el Departamento de Interior del gobierno vasco y el Ayuntamiento de Bilbao. Si bien gran parte del informe viene referido al modo de proceder de la Ertzaintza y de la Policía municipal, resulta de gran interés la información recogida por las fuentes policiales sobre actuaciones en la zona. En este punto, destacan los siguientes puntos: a) el proceso de deterioro del barrio y sus consecuencias actuales: abaratamiento de la vivienda, falta de rehabilitación, aparición del «chabolismo vertical», casas en ruinas que están ocupadas, edificios abandonados cuyos accesos cerrados se reabren, hacinamiento, falta de higiene, especulación inmobiliaria, etc.; b) una concentración de actividades ilícitas, especialmente compra-venta de objetos robados y tráfico de drogas ile-

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gales a pequeña escala; c) el «abandono policial» y d) el deficiente control en materia de extranjería como lo constata el abundante número de personas en situación irregular. Entre las recomendaciones de carácter general que formula el Ararteko están la de: a) considerar la zona e...

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