IRPF

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas7-7

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Conforme a la Ley General Tributaria, el ejercicio de opciones no puede modificarse fuera del período voluntario de declaración. En este sentido, el TSJ de Cataluña considera que la opción por la tributación conjunta o individual en el IRPF no puede modificarse fuera de su período voluntario.

Sin embargo, según el Tribunal, esta conclusión debe variar en atención al principio de la buena fe, al principio constitucional de Justicia y a la necesaria protección de la familia, en un caso en el que la voluntad inicial del contribuyente pudo haber estado viciada por circunstancias que no le eran imputables.

Así, si la filiación extramatrimonial de un menor no estaba legalmente determinada en el momento de la...

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