La inviolabilidad y la inmunidad parlamentarias: Precisiones conceptuales y exámen de la tramitación constitucional del artículo 71

AutorJuan Manuel Alegre Ávila
CargoColaborador de la Facultad de Derecho de la Universidad de Cantabria
Páginas87-142
ccLA lNVlOLABlLlDAD
Y
LA INMUNIDAD PARLAMENTARIAS:
PRE-
CISIONES CONCEPTUALES
Y
EXAMEN DE LA
TRAMIITACI~N
CONSTITUCIONAL DEL
ARTICULO
71n.
Por
D.
Juan
Manuel
ALEGRE ÁVILA.
Colaborador de la Facultad de Derecho de la Universidad de Cantabria.
I)
INTROD
UCCIÓN:
MAR
co
DE
REFERENCIA
Y
DELMITACI~N
DEL
OBJETO
DE
ESTUDIO.
11) LA INVIOLABILIDAD
Y
LA INMUNIDAD
PARLAMENTARIAS.
l.
--La regulación del Derecho positivo espaiiol
vigente.
2. -El ámbito doctrinal de la inviolabilidad.
3. -La inmunidad: análisis de la problemática
suscitada por esta prerrogativa parlamentaria.
A)
El
ámbito temporal de la prerrogativa. La
eventual integración del artículo 11 del Reglamento
del Congreso con el artículo 21 del Reglamento
del
Se-
nado.
B) La extensión material de la inmunidad. La
de la Ley orgánica 1/1982; de 5 de Mayo, sobrepro-
tección del derecho al honor, a la intimidad personal
y
familiar
y
a la propia imagen.
C) Los efectos de la autorización para proceder.
4.-El Tribunal Constitucional
y
las inmunida-
des parlamentarias. Las Sentencias de 22
y
de
24
de
Julio de 1985.
III) EL [TER CONSTITUCIONAL DEL
ARTÍCU-
LO 71.
1
.-El curso de los debates constitucionales en el
Congreso de los Diputados.
2.-Las prerrogativas a su paso por
el
Senado.
3.-La actuación de la Comisión Mixta
Congreso-Senado.
I
V)
CONSDERA CIONES FINALES,
NOTA S.
I)
INTRODUCCIQN: MARCO DE REFERENCIA
Y
DELIMITACIÓN
DEL
OBJETO
DE
ESTUDIO.
El objeto de las páginas presentes es el de estudiar el desarrollo de los
debates parlamentarios durante el proceso de elaboración de la vigente
27
de Diciembre de
1978
que condujeron a la for-
mulación en el artículo
71
de nuestro primer texto normativo de las prerro-
gativas parlamentarias, esto es, la inviolabilidad y la inmunidad de Diputa-
dos y Senadores. Con carácter previo, y a fin de enmarcar el fundamento
dogmático de ambas instituciones, trasfondo ineludible de los debates
constituyentes, voy a intentar precisar algunos de los caracteres más impor-
tantes que definen según la doctrina los contornos de estas figuras, así co-
mo exponer algunos de los aspectos má's controvertidos que la normativa y
la praxis del Derecho positivo español están suscitando.
Este sucinto marco de referencia sirve para acotar, de un lado,
la
problemática suscitada por esta temática en un sector muy definido, cual es
el
de la extensión, efectos
y
límites de la inviolabilidad e inmunidad de
Di-
putados y Senadores de las Cortes Generales, obviando toda alusión al
planteamiento de esta cuestión en el ámbito de las Comunidades Autóno-
mas (extensión de las prerrogativas parlamentarias a los miembros de las
Asambleas legislativas y, eventualmente, de los Ejecutivos regionales, ya
sea mediante la consagración estatutaria de las mismas, ya a través de su
legislación ordinaria)', eludiendo asimismo la necesaria introspección en el
1
Las prerrogativas parlamentarias de los miembros de las Asambleas Legislativas de
las Comunidades Autónomas han merecido la atención de la doctrina
a
raíz de la promulga-
ción de la Ley del Parlamento Vasco
2/ 1981,
de
12
de Febrero, sobre reconocimiento de los
derechos de inviolabilidad e inmunidad de los miembros del Parlamento Vasco (Boletín
Ofi-
cial del País Vasco, núm.
7,
de
21
de Marzo de
1981),
ley impugnada por el Presidente del Go-
bierno mediante el recurso de inconstitucionalidad
185/
198
l.
(Ponente: Magistrado
M.
DIELDE VELASCO;
Derecho histórico español
o
en el Derecho comparado2, ineludible en un
trabajo de otras características,
y,
por otro lado, permite fijar las conse-
cuencias que pueden derivarse de este análisis,
y
que cifro, por lo que aquí
interesa, en estos aspectos.
En
primer lugar, delimitar
el
ámbito
y
la
extensión de esas prerrogati-
vas, clarificando ciertas ambigüedades que podían desprenderse del
iter
constitucional del precepto.
En segundo lugar, cuestionar la conveniencia
y
la justificación de la
constitucionalización de la inviolabilidad e inmunidad, en la medida que
Boletín Oficial del Estado del día 19 de Noviembre de 1981) declaró parcialmente inconstitu-
cional dicha ley por contrariar el art.
y
el art. 26,6, párrafo 2, del Esta-
tuto Vasco. Con anteriofidad, la Sala Segunda del Tribunal Supremo en Sentencia de 22 de
Mayo de 1981 (Ponente: Sr.
GOMEZ
DE
LIAÑO
Y
COVALEDA; Arz. 2269) casó la Senten-
cia de la Audiencia Nacional de 10 de Noviembre de 1980, que había ordenado la suspensión
del curso de la causa criminal seguida contra un parlamentario vasco en tanto se subsanaba la
falta de autorización del Parlamento del País Vasco,
y
ello por aplicación indebida del art.
71,2 de la Constitución. Conviene advertir que la Sentencia del Tribunal Supremo fue dictada
ciiando ya estba en vigor la Ley 2/1981 del Parlamento Vasco, no obstante lo cual a lo largo
de los Considerandos de la misma no se hace mención de dicha disposición legal. Ha de tener-
se en cuenta que el escrito de interposición del recurso de inconstituchnalidad fue presentado
por el Abogado del Estado el día 22 de Junio de 1981 (Antecendente Primero de la Sentencia
constitucianal de 12
de
Noviembre de 1981), por lo que a pesar de la invocación del art. 161,2
y
30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que posibilitan la sus-
pensión de la norma impugnada, aún no había sido enervada la ejecutividad de la ley vasca.
Entre los autores que se han ocupado del tema de las prerrogativas de los parlamentarios
de las Comunidades Autónomas pueden citarse
a
R. PUNSET,
Las Cortes Generales,
Centro
de Estudios Constitucionales, Madrid, 1983, págs. 165
y
sigs., sobre todo, págs. 210-213, don-
de comenta sintéticamente la Sentencia del.Tribuna1 Constitucional de 12 de Noviembre de
1981, y del mismo autor, con anterioridad,
Sobre la extensión del árnhiro personal de las
prerrogafivas parlanzenfarias,
«Revista Espaiiola de Derecho Constitucional)), núm.
3
(1 98
1
),
pags. 93
y
sigs.;
J.A.
'PIQUERAS BAUTISTA7
Las inmunidades e inviolahilidacies cie los
rniembros
cie
/os poderes legisla~ivo
y
ejecufivo en las Cotnunidades Aulónomas,
en el libro
colectivo
Organización Territorial del Estado (Cornunitiodes Autónornas),
Instituto de Estu-
dios Fiscales (Dirección General de lo Contencioso de1 Estado), Madrid, 1984, Tomo IV,
págs. 2651-2666, especialmente, pág. 2661, en que cita las Sentencias del Tribunal Constitu-
cional
y
del Tribunal Supremo a que hemos aludido.
2
Vid.
fa reciente
y
excelente exposición, con abundante aparato bibliográfico, que en
torno a la problemática actual de las inmunidades parlamentarias presenta el Derecho compa-
rado ofrece A. PIZZORUSSO,
Las inmunidades parlarnenrarias. Un enfoque conzparafista,
((Revista de las Cortes Generales)), núm. 2
(1
984), pags.
27
y sigs.

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