Inversiones de exportación e IS. Comentario a la sentencia del TS de 22 de abril de 2003
Autor | CMS Albiñana & Suárez de Lezo |
Se trata de un recurso de casaciÛn interpuesto por la AdministraciÛn General del Estado que la Sala del TS (ponente Sr. Gota Losada) rechaza imponiendo las costas causadas a la parte recurrente.
Era de aplicaciÛn el artÌculo 234 del Reglamento del IS aprobado por RD 2631/1982, de 15 de octubre, sobre inversiones acogibles a la deducciÛn por inversiones, que hoy regula el artÌculo 37 de la Ley refundida del citado impuesto (RDLeg. 4/2004, de 5 de marzo), sobre deducciones de la cuota Ìntegra por la realizaciÛn de actividades de exportaciÛn.
Se declara que los gastos concretos realizados para la consecuciÛn de proyectos y trabajos llevados a cabo en el extranjero por una empresa de ingenierÌa, asÌ como la proyecciÛn extra-anual de los gastos de publicidad y propaganda de una empresa que no exporta productos y mercancÌas, resulta fuera de lugar. Existe, una laguna reglamentaria, y ante la imposibilidad de exigir requisitos apropiados para la actividad de exportaciÛn de ingenierÌa, se ha de acudir como soluciÛn razonable a lo que dice y mantiene el Instituto EspaÒol de Comercio Exterior, que estudia y conoce cada proyecto y, en su caso, acuerda conceder una subvenciÛn. En conclusiÛn, no puede seguirse una interpretaciÛn restrictiva que pugna con la finalidad de las normas reguladoras de la deducciÛn tributaria por inversiones de exportaciÛn.
El referido precepto del Reglamento del IS constituyÛ el desarrollo del artÌculo 26.3 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre. La sentencia analiza en su fundamento de Derecho primero los "antecedentes y hechos m·s significativos y relevantes", lo logra con todo acierto, y se pronuncia como queda extractado.
Pero importa m·s anotar el criterio que mantiene la Sala en orden a la interpretaciÛn de las normas tributarias tanto por ser rotundo en sus conclusiones, como por constituir en buena medida una verdadera novedad a la hora de aplicar el artÌculo 3.1 del C.c. por mandato de los artÌculos 9.2 y 23.1) y 2) de...
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