STSJ Cantabria 35, 11 de Enero de 2006

PonenteMARIA JESUS FERNANDEZ GARCIA
ECLIES:TSJCANT:2006:35
Número de Recurso1101/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución35
Fecha de Resolución11 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 00020/2006 Rec. Núm. 1101/05 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García Ilmo. Sr. D. Jesús Mª Martín Morillo EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a once de enero de dos mil seis.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Romeo contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Romeo siendo demandados el Matadero Frigorífico de Cantabria, S.A. y otros sobre invalidez y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha veintinueve de septiembre de 2005 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor, D. Romeo, nacido el 16 de abril de 1.961 afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM000 viene prestando servicios para la empresa MATADERO FRIGORÍFICO DE CANTABRIA S.A., siendo su profesión habitual la de matarife.

  2. - El trabajo desarrollado por la profesión habitual del actor consiste en despiece de animales.

  3. - El pasado día 31 de diciembre de 2.002, el trabajador resultó lesionado como consecuencia de un accidente de trabajo, padeciendo una inestabilidad del hombro izquierdo.

  4. - El trabajador como consecuencia del evento permaneció en situación de incapacidad temporal hasta el 16-8-04.

  5. - La base reguladora a efectos de la invalidez postulada asciende a la suma de 1.196,08 euros mensuales.

  6. - La empresa Matadero Frigorífico de Cantabria S.A. tiene cubierto el riesgo de accidente de trabajo con la "MUTUA MONTAÑESA".

  7. - Iniciadas las actuaciones, -Expediente de invalidez permanente-, se dicto resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, previo dictamen de la E.V.I., de fecha 31 de Enero de 2.005, declarando al actor afecto a lesiones permanentes no invalidantes, con derecho a percibir por una vez la suma de 685,16 , correspondiente al baremo nº 71 y 110. Interpuesta reclamación previa, la misma fue desestimada.

  8. - El actor a resultas del accidente padece una Rigidez de hombro izquierdo tras dos artroscopias del mismo por laxitud anterior y lesión de Bennet.

Consecuencia de ello padece los siguientes menoscabos: Aparato Locomotor:

Se observa cicatriz en la cara anterior del hombro izquierdo de unos 2 cm. e hipotrofia muscular del hombro. Todos los movimientos se hacen con chasquidos audibles y da la impresión de que se va a salir la cabeza humeral. Activamente, hace mano-nuca hasta oreja, pero haciendo antepulsión, no abducción y llega mano-dorso hasta columna lumbar.

Según informe de su Mutua de 11/11/04: Fue intervenido quirúrgicamente vía artroscópica el 04/07/03, realizando una plicatura capsular anterior, así como la reparación de una lesión de bankart posterior con suturas transóseas. Posteriormente, se realizó tratamiento rehabilitador que cursa con rigidez dolorosa. Se realizó nuevo estudio por RMN y ARTRO-RMN en fechas 02/03/04 y 17/03/04 con informes de Lesión de Bennett postero- inferior, desgarro capsular posterior y engrosamiento cicatricial del labrum antero-inferior. En fecha 16/04/04 se hizo una nueva valoración artroscópica, visualizando una movilidad total bajo anestesia y sin signos de inestabilidad. Muestra artropatía degenerativa leve glenohumeral y engrosamiento cicatricial posteroquirúrgico, así como presencia de un nudo de la sutura previa en la zona posterior que pudiera condicionar dolor y que se reseca. Se visualiza asimismo una lesión leve longitudinal del tendón del subescapular que no precisa reparación quirúrgica.

Según RMN de 2-3-04 se destaca:

Leve signos de artritis acromio-clavicular y moderado derrame articular glenohumeral.

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