Introducción. La víctima: de la gran olvidada del proceso a su redescubrimiento

AutorJosé Manuel Chozas Alonso
Cargo del AutorCoordinador
Páginas193-196

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Se suele decir, y con razón, que la víctima del delito ha sido, durante mucho tiempo, "la gran olvidada del proceso", aunque esta situación no ha sido siempre así a lo largo de la historia. En un primer momento, denominado por algunos "edad de oro de la víctima" -que se corresponde con el Derecho romano, el Derecho germánico y, en parte, con el Derecho medieval-, el ius puniendi se carac-

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terizó como un derecho omnímodo de la víctima (o de su familia, o su clan), que reacciona de forma privada ante la ofensa recibida: ella establece la sanción y la ejecuta sobre la persona o los bienes del infractor. El Derecho Penal y el Derecho Procesal Penal se erigían en favor exclusivo de la víctima, a modo de venganza privada, donde la comunidad no interviene, ni para reglamentar ni para controlar la proporción de la reacción1.

Como superación de los inconvenientes y los peligros que entrañaba, sobre todo para el agresor, este sistema de "justicia privada", carente de proporcionalidad en la reacción de la víctima2, se pasa a una segunda fase histórica, denominada etapa de "neutralización de la víctima", con el advenimiento del Estado moderno. Ahora el sistema procesal penal se cimienta sobre el binomio formado, por una parte, por el Estado, titular único del ius puniendi y, por otra, por la figura del acusado, a quien hay que garantizar su derecho básico a defenderse, quedando la víctima de la ofensa relegada a un segundo plano. La neutralización de la víctima se produce precisamente porque se la despoja de sus facultades de autotutela en tanto el Estado, que se arroga el monopolio del derecho a punir, es el único que puede ejercer la violencia legítimamente3.

En este nuevo sistema, que ha llegado hasta nuestros días, el proceso penal se configura como un instrumento necesario para la imposición de la sanción estatal, en el que se define claramente el estatuto jurídico del imputado con la finalidad de garantizar sus derechos fundamentales y, en especial, el derecho a la defensa y el derecho a la presunción de inocencia. Por el contrario, la posición de la víctima en el proceso queda desdibujada, desempeñando en la mayor parte de los casos una función meramente testifical, o bien, en el caso de que manifieste su voluntad de ser parte en el proceso, enfrentada formalmente al autor a través de la figura de la acusación particular.

Sin embargo, como señala DE LA ROSA CORTINA, "lo cierto es que ni la afirmación del monopolio estatal...

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