Introducción. Reflexiones preliminares y planteamiento

AutorJuan José Nevado Montero
Cargo del AutorAbogado y consultor especializado en Derecho de Familia
Páginas19-22
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En determinadas situaciones se altera el modelo habitual de familia pues
la comunidad formada, hasta el momento, por padres e hijos se escinde, dando
lugar a dos núcleos separados en los que los descendientes residirán, según
una determinada secuencia temporal, con uno u otro progenitor. Pensemos en
los casos de crisis de pareja, pero también, en los traslados de un progenitor a
otro lugar por motivos laborales o de otra índole.
En situaciones de convivencia, ambos padres suelen decidir de forma
consensuada acerca de aspectos importantes para sus hijos, como la elección
de colegio, práctica de alguna religión (respetando, por supuesto, las creencias
del menor y adolescente en los términos previstos por el ordenamiento jurí-
dico), etc.
Esas decisiones están incluidas en la denominada patria potestad que,
de conformidad al artículo 156 del CC, se ejerce conjuntamente por ambos
progenitores; si bien, es posible que sea uno solo el que lo haga, con el consen-
timiento expreso o tácito del otro. En estos supuestos, serán válidos los actos
que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en casos
de urgente necesidad.
Cuando quiebra la convivencia, los hijos estarán en compañía de uno u
otro progenitor y el ejercicio del elenco de derechos y deberes que conere la
patria potestad adquiere una nueva dimensión.
En esos casos, el artículo 156 del CC, establece que la patria potestad
será ejercida por aquel con quien el hijo conviva, si bien el órgano judicial po-
INTRODUCCIÓN
REFLEXIONES PRELIMINARES
Y PLANTEAMIENTO

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