Introducción: ¿Hacia el Derecho Administrativo Global? Trayectorias y desafíos

AutorBenedict Kingsbury/Richard B. Stewart
Páginas47-76
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CAPÍT ULO PRIMERO
I NTRO DUC CI ÓN :
¿HACIA EL DERECHO ADMINISTRATIVO
GLOBAL? TRAYECTORIAS Y DESAFÍOS1
BE N E D I C T KI N g s B u r y y rI C h a r D B. sT E w a r T
El Derecho Admin istrativo Global comenzó su si ngladura como un ámbito es-
pecífico objeto del est udio académico y como una práctica de enorme trascen-
dencia en torno al año 2005. Este libro reúne muchas de nuest ras mejores con-
tribuciones a este c ampo, las principales, realiz adas desde entonces. Esta introducción
sintetiza las trayector ias de nuestro propio trabajo con el propósito de subrayar algunos
de los importantes desaf íos, que la teoría, el método y la aplicación práctica act uales
y de futuro presentan ante la evolución del Derecho Administrativo Global. No se
trata en modo alguno de hacer en esta introducción un inventario de todos los retos
que plantea, sino ta n sólo de escoger algunas muestr as. El número de académicos y de
profesionales que e n estos momentos trabajan en este campo ha c recido rápidamente.
Lo que seguidamente se relata es tan sólo una visión. De un lado, comenzamos con una
recapitulación de los f undamentos de este ámbito. Luego examinamos las diferentes
clases de in stituciones que se mueven en el pla no de la gobernanza regu latoria global;
así como los problemas y las activ idades que habrían de tenerse en cuenta pa ra un ade-
cuado análisis del Derecho Admin istrativo Global . Seguidamente, nos ocupamos de
evaluar el ampl io abanico de prácticas que se d an en el marco de la gobernan za global
y que t ienen interés para el Derecho Admin istrativo Global. Identifica mos asimismo
los cambios más releva ntes que se han producido en el orden social, jurídico y político
en el plano global, y que tienen consecuencias para el trabajo actual que pueda desarro-
llarse en este campo. Cons ideramos una de las posibles respuesta s a estos cambios, que
tiene en cuenta las dimensiones normativas o prescriptivas del Derecho Administrat ivo
Global, con particular ref erencia a ciertas alternativas para superar el problema de la
falta de atención o ponderación de los interese s que se ven de ordinario preteridos o
ignorados. Fin almente, destacamos la necesidad de traducir la compleja y multiforme
variedad de fórmulas de administrac ión en estructura s recognoscibles y comprensibles,
mediante la elaboración de u n concepto, un tanto descuidado, de A dministración «di-
seminada» o desc entraliz ada, esto es, de la Administ ración indirecta de la gobernan za
global.2
[ 1 ] Esta introducc ión, realizada es pecíficamente pa ra la presente edición española, ha sido t raducida
por Javier Barne s. Todas las notas a l pie son del traductor.
[ 2 ] Sobre este co ncepto, vid. de ent rada el capítu lo segundo. Es recurrente e n la mayor par te de los
capítulo s.
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I. LOS FUNDAMENTOS Y EL CRECIMIENTO DEL DERE-
CH O AD MI NI ST RAT IVO G LOB AL , COMO C AMPO D E LA
TEORÍA Y DE LA PRÁCTICA
En nuestro artícu lo iniciático, de 2005, con Nico Krisch, y que fig ura aquí
como capítulo segundo, establecimos varias premisas fundacionales, sobre las
que el Derecho Administrativo Global descansa:
– Una floreciente va riedad de orga nizaciones regu latorias intergubern amentales
y t ransnacionales, pr ivadas y m ixtas (pública s y privada s), que han sido creadas para
gestionar las c recientes interdependencias que ha generado la globalización.
– E stas organiz aciones operan en un espacio admi nistrativo globa l diferenciado
en forma muy compleja, y han adquirido unos poderes regulator ios en constante creci-
miento, hasta ahora reser vado a los Gobiernos nacionales.
– Las activ idades de esas organizaciones son de naturaleza predominantemente
administ rativa: establecen estándares , resuelven controversias, y disposiciones basad as
en el Derecho sobre múltiples materias, ent re otras cosas.
– N i el Dere cho Internacional, ni el Derecho estatal pueden dar debida cuenta
de esos nuevos centros de po der, o no dan la cobert ura suficiente pa ra gobernar esa s
organizaciones a t ravés del Derecho.
– Se ha generado un cuerpo distintivo y propio de Derecho Admini strativo Global
para superar esos déf icits, sirv iéndose para ello de una versión adaptada de conceptos y
técnicas provenientes del Derecho Administr ativo nacional, y entre las que destacan las
relativas a la tra nsparencia, la participación, l a motivación y el control.
– El Derecho Ad ministrativo Global ofrece el instru mental jur ídico y concept ual
para anali zar y desarrollar las estr ucturas, los procedimientos, y los res ultados norma-
tivos de esa s nuevas organizaciones, y cont ribuye a hacer que las decisiones que adop-
tan sean respon sables –en el sentido de hacer que rindan c uentas ante los afectados–, y
sensibles o recepti vas respecto de los diverso s públicos concernidos a consec uencia de
tales decisiones.
Estas premisas han demostrado que constituyen una base fr uctífera tanto
para la investigación académica, como para el ejercicio y la práctica profesio-
nales.
Son dos los centros académicos que han apoyado el crecimiento del Derecho Admi-
nistrati vo Global: el Instituto de Derecho Internaciona l y Justicia (Institute for Inter na-
tional Law and Justice, IILJ ) de la Universidad de Nueva York (New York University), por
un lado, y el Instituto de Investigación de Admin istración Pública (Institute for Research
on Public Adminis tration, IRPA), en Italia, creado por Sabino Casse se, por otro. Ambos
han servido de es tímulo para numerosas investig aciones y publicaciones. El Centro de
la Universidad de Nueva York y sus a sociados ha organiz ado talleres y cong resos por
todo el mu ndo, y ha creado u n programa de investigación que for ma parte de la Red

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