Introducción
Autor | Germán M. Teruel Lozano |
Cargo del Autor | Profesor de Derecho constitucional. Universidad de Murcia |
Páginas | 27-33 |
INTRODUCCIÓN
Estudiando la defensa de la Constitución el profesor De Otto seña-
laba acertadamente que su objeto “no son exactamente las normas del
derecho constitucional positivo, como ocurre con la reacción frente a la
infracción, (…) sino el orden constitucional subyacente, la substancia
política (…) Lo que se trata de proteger es el «régimen» en sus aspec-
tos esenciales”1. Y así distinguía entre los simples infractores y quienes
rios” que buscan la destrucción del orden constitucional, en el decir de
Curzio Malaparte que tan bien describió la técnica moderna del golpe
de Estado3. Pues bien, en aquellas primeras décadas del siglo XX como
ahora, cuando regresan a Europa movimientos populistas y crecen na-
cionalismos que cuestionan los pilares sobre los que hemos construido
el Estado democrático de Derecho y sobre los que se levantó la propia
Unión Europea, la clave de este momento de la historia política que es-
tamos viviendo vuelve a ser “la lucha entablada entre los defensores del
1 DE OTTO PARDO, I., Defensa de la Constitución y partidos políticos, CEPC, Madrid, 1985,
pp. 13-14. El autor precisa aún más su concepto de defensa de la Constitución y termina por
excluir no sólo “los mecanismos de reacción y prevención frente a la infracción de la norma
constitucional, sino también todos aquellos con los cuales el ordenamiento reacciona frente
al enemigo constitucional que utiliza medios ilícitos” (p. 14). De esta suerte, para el profesor
De Otto el término defensa de la Constitución quedaría circunscrito a una serie de técnicas
constitucionales consistentes “en declarar ilegales actividades que no suponen infracción de
normas constitucionales ni constituyen ilícito penal, pero que tienen por finalidad atacar el
orden constitucional. Se trata, dicho de otro modo, de ilegalizar fines aún cuando los medios
sean en sí mismos correctos” (p. 15). Por nuestra parte, en el presente trabajo se recurrirá a la
expresión defensa de la Constitución para hacer referencia a los mecanismos constitucionales
para reaccionar frente a ese “enemigo constitucional” (no al puro infractor).
2 DE OTTO PARDO, I., ob. cit., p. 14.
3 MALAPARTE, C., Técnicas de golpe de Estado, Ariel, Madrid, 2017.
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