Introducción

AutorAmparo Esteve-Segarra
Páginas9-18
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Capítulo I
INTRODUCCIÓN
1.1. LA NECESIDAD DE UN REPLANTEAMIENTO DE LA ORDENACIÓN DE
LA EXTERNALIZACIÓN LABORAL
1.- En el Acuerdo Interconfederal para el empleo y la negociación co-
lectiva del período (AIENC) 2018-2020, los dos sindicatos más repre-
sentativos introdujeron un anexo, en el que en relación con la externa-
lización laboral puntearon tres ideas clave:
1ª.- Los procesos de descentralización deben ir dirigidos a la especia-
lización productiva.
2º.- La regulación de los procesos de descentralización no debe incen-
tivar la competencia desleal.
3º.- Es ineludible una nueva regulación del art. 42 ET.
2.- Esta necesidad de cambios se ha hecho acuciante porque pese a
la salida de la crisis iniciada en el 2008, continúa existiendo una alta
precariedad. La reforma laboral del 2012 persiguió una devaluación
salarial como mecanismo de crecimiento económico; sin embargo,
producido éste, muchos trabajadores han quedado en situaciones de
subempleo. La extensión de la descentralización como forma esencial
de la organización de la productiva ha af‌ianzado la necesidad de al-
terar una regulación laboral del fenómeno, que hoy por hoy es muy
mejorable.
3.- Quizás será mejor que ello quede ilustrado con una pequeña histo-
ria. Eligiendo entre los múltiples casos que pueden rastrearse en los re-
pertorios judiciales permítanme que escoja uno cualquiera vinculado
doblemente a dos de los puntos más mediáticos en la externalización:
las empresas multiservicios (en adelante, EM) y a las autodenomina-
das kellys (las que limpian). Y ello por tres razones: primera, por la
visibilidad de sus problemas y reivindicaciones; segunda, por el dato

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