Introducción

AutorFernando López Ramón
Cargo del AutorPresidente AEPDA
Páginas13-14
13
INTRODUCCIÓN
En la Universidad de Murcia, durante los días 8 y 9 de febrero de 2019,
desarrollamos el congreso anual de los profesores de Derecho administrativo,
dedicado en esta ocasión a los problemas que plantea el control judicial de
las administraciones públicas en la perspectiva de los veinte años transcurri-
dos desde la última regulación de la materia. Casi trescientos colegas pro-
cedentes de muy diferentes territorios, escuelas, niveles y generaciones de-
batimos sobre las restricciones, los retos y la eficacia que presentan la
organización y los procesos del conjunto de juzgados y tribunales encargados
de resolver los recursos que pueden interponer los ciudadanos contra el Go-
bierno, los ministerios, las comunidades autónomas, los municipios y demás
entes públicos con el fin de exigirles el cumplimiento de lo establecido en
las leyes.
Un requisito esencial para que el sistema resulte creíble es que las personas
encargadas de ejercer el control reúnan adecuadas condiciones de integridad,
independencia y capacidad. Contamos para ello con los jueces. El primer sig-
nificado de la palabra juez o jueza en el diccionario es «persona que tiene
autoridad y potestad para juzgar y sentenciar». Concurren, así, en la figura la
auctoritas, que equivale a la capacidad profesional productora de espontánea
aceptación social, y la potestas, que conlleva la obligatoria sumisión a quien
ejerce legítimamente el poder. Prestigio y fuerza simbolizados en la tradicional
imagen de la justicia representada por una figura femenina con los ojos ven-
dados que lleva en una mano la balanza donde sopesar las razones y en la otra
la espada para imponerlas.
En la experiencia española, la evolución relativa a las personas encargadas
de juzgar a las administraciones públicas ha sido compleja. En 1845 se impor-
tó el modelo francés del autocontrol atribuyendo la tarea a un órgano adminis-
trativo integrado por funcionarios; en 1888 se estableció un sistema «armóni-
co» que repartía los puestos de ese órgano por mitades entre funcionarios y
jueces; en 1904 triunfó la judicialización, completada en 1956 con la figura de
los magistrados especialistas y consolidada ya plenamente en 1998.

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