Introducción
Autor | Rafael Huerta García |
Páginas | 19-22 |
LA SUBASTA CONCURSAL 19
INTRODUCCIÓN
El derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 de la
Constitución Española (en adelante CE) arma que «todas las personas tienen
derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus
derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefen-
sión». Un derecho fundamental, que como bien ha indicado el Tribunal Consti-
tucional en numerosas sentencias, incluye necesariamente no solo la decisión del
Juzgado o Tribunal competente sino también la ejecución efectiva del fallo judicial
en caso de falta de cumplimiento voluntario de la otra parte, que tiene un desarro-
Judicial que establece la obligación de todos los ciudadanos de cumplimiento de
las resoluciones judiciales1. El poder legislativo ha desarrollado de forma amplia el
derecho a la ejecución de las sentencias y demás títulos ejecutivos en los arts. 517
ofrecidas la subasta judicial, como medio de realización de los bienes muebles o
el conjunto de la doctrina y jurisprudencia de forma amplia, siendo eje vertebrador de
cualquier manual de Derecho Constitucional. En el derecho comparado europeo se en-
cuentra reconocido prácticamente en todas las Constituciones, destacando por su simili-
tud el art. 24 de la Constitución italiana de 1947 y por su desarrollo la Ley Fundamental
de Bonn de 1949 (artículos 19.4, 101.1 y 103.1). Del mismo modo son innumerables las
sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional en relación a la tutela judicial efectiva,
destacando por lo que respecta a la ejecución las STC núm. 61/1984; 135/1994; 5/2003;
115/2005 que vienen a resaltar el «derecho de las partes a que las resoluciones judiciales
alcancen la ecacia otorgada por el ordenamiento, que signica que se ejecute en sus
propios términos».
2 La subasta como medio de realización de los bienes muebles o inmuebles se clasica en
subasta voluntaria judicial o notarial regulada en los arts. 108 y ss de la Ley de Juris-
dicción Voluntaria 15/2015 de 2 de julio y arts. 72 a 77 de la Ley del Notariado de 28 de
mayo de 1862 y la subasta de apremio o forzosa que puede ser dividida a su vez subasta
judicial del orden jurisdiccional civil, penal, social y concursal, siendo esta última el ob-
jeto de estudio de la presente tesis doctoral. En la subasta concursal la gura del ejecuta-
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