Introducción

AutorJuan López Gandía
Cargo del AutorCatedrático de Derecho del Trabajo, Universidad Politécnica de Valencia
Páginas7-9

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Las empresas de economía social revisten distintas modalidades: las cooperativas de trabajo, consumo, vivienda, agrarias, servicios, mar, crédito, enseñanza, sanitarias, seguros, de transporte, las sociedades laborales, las asociaciones, fundaciones y mutualidades, las empresas de inserción, los centros especiales de empleo, las sociedades agrarias de transformación y las cofradías de pescadores. Todas estas entidades se ven reflejadas de forma directa o indirecta en el art. 129 de la Constitución Española reuniendo los principios que les otorgan un carácter diferencial y específico respecto a otro tipo de sociedades y entidades del ámbito mercantil. Además, existe una dinámica viva de las empresas de economía social que hace que confluyan distintas entidades singulares que también participan de los mismos principios que las anteriores.

Las entidades de la economía social actúan en base a los siguientes principios orientadores según el art. 4 de la Ley de Economía Social de 2011:

  1. Primacía de las personas y del fin social sobre el capital, que se concreta en gestión autónoma y transparente, democrática y participativa, que lleva a priorizar la toma de decisiones más en función de las personas y sus aportaciones de trabajo y servicios prestados a la entidad o en función del fin social, que en relación a sus aportaciones al capital social.

  2. Aplicación de los resultados obtenidos de la actividad económica principalmente en función del trabajo aportado y servicio o actividad realizada por las socias y socios o por sus miembros y, en su caso, al fin social objeto de la entidad.

  3. Promoción de la solidaridad interna y con la sociedad que favorezca el compromiso con el desarrollo local, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la cohesión social, la inserción de personas en riesgo de exclusión social, la generación de empleo estable y de calidad, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la sostenibilidad.

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  4. Independencia respecto a los poderes públicos.

    Dentro de estas relaciones societarias nos encontramos con formas muy diversas, desde las cooperativas a las sociedades laborales. Todas ellas son el cauce a través del cual se presta trabajo para una organización como obligación societaria o se prestan servicios a los socios que la constituyen.

    En las empresas de economía social por lo que aquí interesa hay que distinguir fundamentalmente las cooperativas de trabajo y las cooperativas de...

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