Introducción

AutorMercedes Ortiz García
Cargo del AutorUniversidad de Alicante
Páginas261-263

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Este trabajo pretende -al hilo de comentar cómo ha afectado la última reforma de la Ley de Bases de Régimen Local, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL, en adelante) a la iniciativa económica de los municipios- aportar relexiones y propuestas sobre la actividad económica local para favorecer la calidad de vida de los ciudadanos, al tiempo que se contiene el gasto público de acuerdo con el espíritu de la reforma.

En efecto, la LRSAL tiene un enfoque marcadamente economicista, conforme a la requerida estabilidad presupuestaria -fruto de la reforma del artículo 135 de nuestra Carta Magna, desarrollada en la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera-, que atañe a todas las Administraciones Públicas; y, por tanto, también a los entes locales. Los principios de eiciencia, estabilidad y sostenibilidad inanciera, y el necesario control económico-inanciero marcarán entonces el rumbo de la iniciativa económica local que, por otra parte, deberían haber sido principios ordenadores de la gestión pública desde siempre -no en

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vano el artículo 134 CE-, y se hubiera evitado el enorme déicit que tenemos y las desgraciadas secuelas sociales que conlleva.

La LRSAL, como es reconocido por la doctrina, constituye una reforma coyuntural415-de detención del déicit y reducción del gasto público- para paliar la situación de crisis inanciera de las entidades locales, sin que se acuda a las causas que la origina416, y aunque sea menor con relación al resto de Administraciones417. No asistimos a una reforma estructural de nuestra Administración Local ni de sus haciendas -demanda histórica de los Ayuntamientos-, que deja sin revisar aspectos sustanciales y globales de la Ley de Bases de Régimen Local que hubieran merecido interés para conseguir una eicaz Administración Local y, por ende, más bienestar para la ciudadanía.

Sin embargo, la LRSAL puede propiciar lo que considero una «emprendedora, innovadora, iniciativa económica local»; pues aunque de acuerdo con su espíritu presupuestario-contable parece que lo importante deba ser «cuánta iniciativa económica» pueden permitirse los entes locales, se puede hacer hincapié en el cómo realizar esa iniciativa, que es precisamente el foco de atención del presente trabajo. En este sentido, la LRSAL, ya desde su exposición de motivos, nos allana el camino por diversas vías. Por un lado...

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