Introducción

AutorMarcela Acuña San Martín
Páginas23-26

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Como consecuencia de la relación paterno-filial nacen entre padres e hijos una serie de derechos, deberes y funciones que los vinculan. Entre ellos se encuentra el derecho recíproco a relacionarse, comunicarse y convivir. Cuando padres e hijos viven juntos este derecho se ejercita ordinariamente como desenvolvimiento de la vida en común de toda la familia, y consecuencia normal de tal ejercicio es el desarrollo de una relación afectiva entre ellos, la participación de cada uno en la vida del otro, la asunción de la crianza y cuidado de los hijos por ambos padres: en otras palabras, la formación de una comunidad de vida e intereses entre padres e hijos.

La ruptura matrimonial tiene como una de sus consecuencias fácticas la imposibilidad de que ambos progenitores convivan al mismo tiempo con los hijos, aún en el caso de la llamada custodia compartida; sin perjuicio de lo cual, se mantienen las responsabilidades y deberes parentales (art. 92 Cc) y se mantienen ciertas relaciones familiares: las relaciones entre los padres y los hijos.

En el plano personal de la relación paterno-filial el divorcio acarrea como resultado necesario la distribución de los tiempos de comunicación y convivencia con los hijos y de las responsabilidades de cuidado de los mismos. Esta distribución puede ser simétrica en una custodia compartida o asimétrica en una custodia individual. Esta última sigue siendo la hipótesis más habitual, frente a la cual es legalmente preceptivo el establecimiento de un régimen de relación a favor del progenitor no custodio –titular formal del derecho–, con independencia que de mantenga o no la patria potestad. Lo propio ocurre con la separación y la nulidad del matrimonio.

Este derecho de relación de ejercicio no continuo, convencionalmente conocido como derecho de visita, es, a su vez, una manifestación del interés superior del menor, que consiste en seguir relacionándose con ambos progenitores de modo regular: el menor es también titular del derecho, tal es su más destacada

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entidad y valor. En esta conjunción, tanto la perspectiva del padre como la del hijo encuentran su fundamento en la propia relación de filiación que les une, con independencia de la situación convivencial de los progenitores.

En esta obra se analiza el derecho de relación entre los hijos y el progenitor no custodio tras el divorcio, por consiguiente los presupuestos de la configuración del objeto de estudio son tres: la ruptura por sentencia de...

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