Introducción

AutorBlanca Gómez Bengoechea
Páginas21-24

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OBJETO

El espectacular aumento que han experimentado los casos de adopción internacional en nuestro país en los últimos años, la importancia creciente que psicólogos, sociólogos y servicios sociales de protección de menores otorgan al conocimiento de los datos sobre el propio origen en los casos de adopción, así como la resolución de algunos casos de búsqueda de orígenes por los Tribunales, nos decidieron a emprender una investigación cuyo objetivo inicial era analizar la protección que recibe el derecho a la identidad de los niños extranjeros adoptados en España, estudiando las soluciones y mecanismos que el Derecho Inter-nacional Privado prevé para la investigación de los orígenes en este ámbito.

Sin embargo, desde el principio percibimos que, por varias razones, no era posible estudiar la cuestión que nos planteábamos sin profundizar, al mismo tiempo, en la protección que el derecho a la identidad «filial» o biológica recibe en los casos de filiación natural y en los de reproducción asistida con intervención de donante de material genético.

La primera razón es sociológica. Por una parte, en los últimos años se ha producido un importante aumento en el número de hijos nacidos de filiación natural y por medio de técnicas de reproducción asistida que se deciden a buscar datos sobre su propio origen; por otra, este presupuesto sociológico es cada

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día mas transnacional, tanto por el incremento de las parejas mixtas en nacionalidad como por el crecimiento del llamado «turismo reproductivo».

La segunda es una razón jurídica. El estudio de estas cuestiones debía ser conjunto porque la protección jurídica prevista para la identidad de los niños adoptados no es independiente de la que se reconoce para los otros supuestos: el problema de fondo es el mismo, y es el mismo el derecho que debe ser protegido.

Por otra parte, desde el comienzo de esta investigación fue evidente la imposibilidad de estudiar las soluciones que prevé el Derecho Internacional Privado para los casos transnacionales sin conocer, previamente, la protección que el derecho a la identidad biológica recibe en Derecho interno español, y sin comprobar, mediante el análisis de la legislación sobre la materia en Derecho Comparado, que los conflictos entre los distintos ordenamientos jurídicos son posibles porque existen diferentes concepciones y regulaciones de esta cuestión en los Derechos internos que entran en relación.

Sólo de esta forma era posible responder a...

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