Introducción

AutorSergio Amadeo Gadea
Páginas7-7

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Después de cinco intensos años de trabajo, esta obra llega a su fin. Con la puesta al día del Tomo II volumen II, que incluye la última reforma operada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio (y su adenda de actualización de los Tomos I y II volumen I), los autores que en ella trabajamos vemos colmadas nuestras expectativas, y ello en gran parte se debe a la excelente acogida que tuvo la obra entre los profesionales del Derecho, que son, en definitiva, quienes la deben juzgar, valorar y utilizar. A ellos debemos nuestro agradecimiento incondicional, porque nos anima (y obliga) a continuar trabajando.

La compleja sociedad en que vivimos, determina que el ordenamiento jurídico esté en constante revisión, lo que puede determinar paradójicamente inseguridad jurídica visto el alcance de muchas de las reformas y las constantes modificaciones legislativas.

Buena muestra de ello son las dos últimas e importantísimas reformas: la operada por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina juicial y la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, que modifica el Código Penal.

En este último Tomo de la obra, se vuelven a analizar las resoluciones dictadas por los tribunales españoles al aplicar los preceptos de la Parte Especial del Código Penal. Hemos seguido el mismo criterio de análisis que los anteriores Tomos. Se han estudiado las sentencias no sólo del Tribunal Supremo, sino también de las Audiencias Provinciales, Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo. Se recopilaron todos los Acuerdos del Pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo y las Instrucciones y Circulares de la Ficalía General del Estado, que en este último Tomo, lamentablemente, no han podido incorporarse a texto completo por la gran voluminosidad de la obra. También hemos incorporado derecho comparado, citando en ocasiones sentencias de tribunales europeos, como el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, Tribunal de Casación Belga, Tribunales de Apelación Italianos y Franceses, etc. Las notas a pie de página siguen idéntico criterio para lo que fueron utilizadas en los otros tomos: ampliar un tema concreto, o para destacar la doctrina jurisprudencial contradictoria entre Tribunales de un mismo orden sobre un determinado tema.

Como decía el Maestro italiano PIERO CALAMANDREI, "no basta conocer a...

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