Introducción

AutorGerardo Conesa Prieto
Cargo del AutorDoctor en Derecho

Es objeto de estudio el conocimiento y valoración de los principios que dirigen las relaciones contractuales en el fletamento por viaje marítimo internacional y, en especial, la parte referente a sus fases portuarias, en las que el buque realiza las operaciones de carga y descarga de mercancías, es decir, el tiempo de plancha y demora y, en su caso, el ahorro de plancha o rápido despacho.

En esa parte del fletamento, que en frecuentes ocasiones es de menor duración que la fase marítima, el éxito del contrato está sometido a mayores riesgos que durante la navegación, lo que da una idea del interés jurídico, económico y social del tema que se aborda.

La idea de que la finalidad principal de un vehículo es su desplazamiento está Ínsita en las personas, por corresponder a la naturaleza que le es propia. Es obvio que el buque está concebido para navegar, y no para estar amarrado inactivo en el muelle, y de esa sentido de utilidad deviene que la voz «estancia» relacionada con la permanencia de un buque en puerto ya sugiere que esté sujeta a un corto plazo, como excepción de lo normal o usual: navegar.

Por otra parte, jurídicamente se entiende por plazo de estancia un período de tiempo más o menos largo, pero cierto y determinado; sin embargo, cuando el plazo de estancia se refiere a la de un buque en puerto, los hechos demuestran lo contrario de lo que hasta ahora se ha venido afirmando porque el plazo se caracteriza por la flexibilidad de su inicio y término, constituyendo esa ausencia de precisión, que pugna con la concepción jurídica del plazo, una más de las singularidades del Derecho marítimo internacional, que ha motivado el presente estudio y que. acorde con su título, gira en torno a la problemática de cómputo de estancia del buque en puerto.

Si tenemos presente que el Derecho marítimo nació merced a un conjunto de normas consuetudinarias que más tarde fueron sistematizadas en códigos, parece que debiéramos atender exclusivamente al Derecho positivo para ilustrar el tema objeto de estudio. Pero si atendemos a la realidad del mercado, vemos que su modo de operar desborda el Derecho marítimo codificado, y que éste sólo constituya una pequeña parte, realidad que nos lleva a la necesidad de examinar el marco jurídico real empleado en el tráfico.

Gracias al carácter marcadamente internacional del tráfico marítimo, vienen siendo aceptados pacíficamente documentos, pólizas y cláusulas que se adoptan en la práctica, con predominio de los...

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