RESOLUCIÓN DE 13 DE ENERO DE 1997, de la Secretaria de Estado para la Cooperacion internacional y Para iberoamerica, por la que se dispone la delegacion de Competencias del Secretario de Estado en materia economica y de Contratacion.
Fecha de Entrada en Vigor | 2 de Febrero de 1997 |
Marginal | BOE-A-1997-2034 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
Rango de Ley | Resolución |
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y las competencias como órgano de contratación de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, que me atribuye el artículo 12.1 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, he resuelto: 1. Delegar en el Subsecretario de Asuntos Exteriores, en el ámbito de esta Secretaría de Estado, las facultades siguientes:
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Disponer los gastos y celebrar y firmar en nombre del Estado los contratos, convenios de colaboración y cooperación necesarios para el desarrollo de las competencias de la Secretaría de Estado y su funcionamiento.
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Interesar del Ministerio de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes a los gastos de la Secretaría de Estado, así como aprobar los expedientes de ejercicios cerrados.
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Sin perjuicio de lo dispuesto en el precedente apartado primero, se delegan en los Directores generales de Relaciones Económicas y de Relaciones Culturales y Científicas, en el ámbito de las atribuciones de esta Secretaría de Estado y de las respectivas Direcciones Generales, las siguientes competencias:
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La disposición de los gastos que no excedan de 25.000.000 de pesetas.
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La celebración y firma de los contratos que no excedan de 25.000.000 de pesetas.
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Sin perjuicio de lo determinado en los apartados anteriores, se delegan en el Director general del Servicio Exterior las siguientes competencias:
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Disponer los gastos y celebrar y firmar en nombre del Estado los contratos, convenios de colaboración y cooperación necesarios para el desarrollo de las competencias de la Secretaría de Estado y su funcionamiento, cuyo importe no exceda de 50.000.000 de pesetas.
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Interesar del Ministerio de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes a los gastos de la Secretaría de Estado, así como aprobar los expedientes de ejercicios cerrados, cuyo importe no supere...
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