RESOLUCIÓN DE 13 DE ENERO DE 1997, de la Secretaria de Estado para la Cooperacion internacional y Para iberoamerica, por la que se dispone la delegacion de Competencias del Secretario de Estado en materia economica y de Contratacion.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Febrero de 1997
MarginalBOE-A-1997-2034
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyResolución

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y las competencias como órgano de contratación de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, que me atribuye el artículo 12.1 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, he resuelto: 1. Delegar en el Subsecretario de Asuntos Exteriores, en el ámbito de esta Secretaría de Estado, las facultades siguientes:

  1. Disponer los gastos y celebrar y firmar en nombre del Estado los contratos, convenios de colaboración y cooperación necesarios para el desarrollo de las competencias de la Secretaría de Estado y su funcionamiento.

  2. Interesar del Ministerio de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes a los gastos de la Secretaría de Estado, así como aprobar los expedientes de ejercicios cerrados.

    1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el precedente apartado primero, se delegan en los Directores generales de Relaciones Económicas y de Relaciones Culturales y Científicas, en el ámbito de las atribuciones de esta Secretaría de Estado y de las respectivas Direcciones Generales, las siguientes competencias:

  3. La disposición de los gastos que no excedan de 25.000.000 de pesetas.

  4. La celebración y firma de los contratos que no excedan de 25.000.000 de pesetas.

    1. Sin perjuicio de lo determinado en los apartados anteriores, se delegan en el Director general del Servicio Exterior las siguientes competencias:

  5. Disponer los gastos y celebrar y firmar en nombre del Estado los contratos, convenios de colaboración y cooperación necesarios para el desarrollo de las competencias de la Secretaría de Estado y su funcionamiento, cuyo importe no exceda de 50.000.000 de pesetas.

  6. Interesar del Ministerio de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes a los gastos de la Secretaría de Estado, así como aprobar los expedientes de ejercicios cerrados, cuyo importe no supere...

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