Autocontratación con intereses opuestos: calificación registral. Subsanación por el notario del juicio de suficiencia en el recurso

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas11-11

Page 11

Hechos: En la presente Rs se plantean varios problemas:

a.- Primero, si el juicio de suficiencia notarial de un poder, puede ser desvirtuado por la calificación registral, en caso de autocontratación. b.- Segundo, si el Notario puede completar su juicio de suficiencia en el propio recurso gubernativo.

c.- Tercero, la posibilidad dado el precio satisfech0, de que exista una simulación de negocio y de un supuesto de pacto comisorio. Toda la cuestión se centra en el otorgamiento de una escritura de compraventa, en la que se vende una finca por un precio muy inferior al principal del préstamo hipotecario que la grava, y todavía más al valor establecido para esa finca en la tasación, efectuada en su día, para la concesión del préstamo y constitución de dicha hipoteca. Los propietarios de la finca (A) actúan en la venta, representados por un apoderado (C), a quien a través de una sustitución de poder, se le habían concedido facultades para vender por la propia Entidad Acreedora (B), a la que, a su vez, aquellos propietarios habían concedido poder para venta, pese a la posible autocontratación y con facultades de sustitución. El notario autorizante de la venta emite su juicio de suficiencia, pero omite que en la escritura de poder se había concedido a la acreedora dicha facultad de venta, a pesar de la posible autocontratación. El pago no obstante se llevaba a cabo a través de un cheque nominativo a favor de la entidad acreedora de la hipoteca y en la escritura se hace constar que el préstamo hipotecario que la grava, estaba amortizado, pendiente tan sólo de la cancelación registral, habiéndose firmado la carta de pago anteriormente, aunque sujeta a la condición suspensiva del otorgamiento de la compraventa, a que se refiere el recurso.

Registrador: El Registrador califica negativamente dicha escritura, porque, pese a la autocontratación existente, no se hace constar en la escritura, que el apoderado tenga facultades para ello, y además estima...

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