Los intereses leoninos en las refinanciaciones (STS 23-11-09)

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El TS ha resuelto un recurso de casación sobre el carácter leonino de los intereses pactados en una refinanciación, habiendo argumentado el deman-dante que se encontraba en una situación angustiosa que no podía ser obviada por la entidad (re)-financiadora.

La sociedad recurrente, tras el incumplimiento de pequeños préstamos que tenía concertados con una entidad bancaria (con unos intereses moratorios que en la mayoría de ellos rondaban el 28% anual), pactó con esta su refinanciación, ampliando las garantías (mediante la constitución de hipoteca inmobiliaria) y pactando un interés ordinario del 19% (notablemente inferior al moratorio medio de los anteriores). Ante un nuevo incumplimiento, la entidad declaró el vencimiento anticipado del contrato de refinanciación y ejecutó la garantía real. La sociedad adujo que la refinanciación se otorgó en un momento de grave situación económica, que la garantía hipotecaria resultaba desproporcionada y que en definitiva la entidad se sirvió de los previos incumplimientos para hacer más gravosa la situación e imponer condiciones para la refinanciación que calificó de leoninas, solicitando que se declarase nula la refinanciación, la garantía y por ende el procedimiento de ejecución hipotecaria.

La Sala 1ª del TS entiende que la operación ahora impugnada deriva del incumplimiento del deudor, que desembocó en una refinanciación. Dicha refinanciación, con un nuevo plazo e intereses inferiores a los de las operaciones previas -que paradójicamente no fueron impugnados-, pretendió facilitar el cumplimiento al deudor; en consecuencia, no hubo condiciones leoninas. Al contrario, considera el TS que la refinanciación resultaba beneficiosa para el deudor y que la entidad no se aprovechó de la situación de la sociedad, sino que trató de remediarla o...

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