Aceptación del interesado de la propuesta para la terminación convencional del procedimiento

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Administrativo (a) y Magistrado (ev)- Letrado de la Administración de la Seguridad Social. Abogado de la CAIB
Actualizado aEnero 2024





D/Dña .............................. , con D.N.I .............................. y domicilio a efectos de notificaciones en .............................. , c/ .............................. (en su caso, dirección electrónica y teléfono de contacto), en el procedimiento general de determinación de responsabilidad patrimonial, iniciado .............................. , actuando en mi propio nombre y derecho, como mejor proceda en Derecho comparezco y DIGO:

Que con fecha .............................. se me ha notificado propuesta de acuerdo indemnizatorio en el procedimiento de referencia, al amparo del artículo 86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (y en su caso, normativa específica) .

Que mediante el presente escrito vengo a manifestar mi conformidad con los términos de dicho acuerdo, por lo que, previos los trámites previstos, procede que se formalice el mismo y se me abone la indemnización propuesta.

Por lo que,

SOLICITO: Tenga por manifestada mi conformidad con la propuesta de fecha .............................. de terminación convencional mediante acuerdo indemnizatorio a los efectos reglamentariamente previstos.

(Lugar, fecha y firma del reclamante o, en su caso, su representante.)

SR./SRA .............................. (Centro u Órgano administrativo que debe instruir el procedimiento)

COMENTARIO

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula en el artículo 86 la terminación convencional en los siguientes términos:

1. Las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de Derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al ordenamiento jurídico ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que, en su caso, prevea la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin.

2. Los citados instrumentos deberán establecer como contenido mínimo la identificación de las partes intervinientes, el ámbito personal, funcional y territorial, y el plazo de vigencia, debiendo publicarse o no según su naturaleza y las personas a las que estuvieran...

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