DECRETO 176/1999, de 31 de agosto, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, la basílica de 'Nuestra Señora de las Mercedes', de Oria (Almería).
Marginal | BOE-A-1999-23245 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Comunidad Autonóma de Andalucia |
Rango de Ley | Decreto |
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El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre,
del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia
exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico,
artístico, monumental, arqueológico y científico, y el artículo 6 a) de la Ley
16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que
se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley
"los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección
del patrimonio histórico".
Asimismo, el artículo 2 del Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el
que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del
Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura de la
Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y
ejecución de la política andaluza de bienes culturales, referida a la tutela,
enriquecimiento y difusión del patrimonio histórico andaluz, siendo, de
acuerdo con el artículo 3.3, el Consejero de Cultura el encargado de
proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración,
y competiendo según el artículo 1.1 a este último dicha declaración.
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La basílica de "Nuestra Señora de las Mercedes" es un edificio
realizado dentro de la segunda mitad del siglo XVIII, sus obras se iniciaron
el 16 de marzo de 1767 y se prolongan hasta el 13 de mayo de 1779.
Las obras fueron promovidas por el décimo Marqués de los Vélez, don
Antonio Álvarez de Toledo, quien contribuyó igualmente a la construcción
de varios templos en Vélez Rubio. Su participación en la construcción
de estas iglesias viene justificada en la percepción de parte de las rentas
que sus súbditos habían de pagar a la Iglesia a cambio de la obligación
de construir y reparar los templos de su señorío.
El brote de barroco tardío en que se inserta el edificio, nos indica
la cierta recuperación económica de la provincia y el interés igualmente
mostrado por uno de los Obispos más sobresalientes de la diócesis
almeriense, don Claudio Sanz y Torres y Ruiz Castañeda, durante cuyo mandato
se impulsa la construcción de los templos barrocos más importantes del
panorama arquitectónico almeriense.
En este templo se viene a resumir de manera clara los postulados
que el barroco desarrollará como propios en Almería: planta rectangular
de cajón que permite una mayor posibilidad constructiva y ornamental,
así como dota al templo de un mayor valor simbólico. El coro se coloca
a los pies sobre arco carpanel, rasgo medieval de larga pervivencia en
la arquitectura almeriense; cubiertas abovedadas con lunetos; cúpula de
media naranja sobre el crucero, etc.
Al igual que el resto de las iglesias barrocas almerienses, ésta se
presenta desornamentada al interior. Aparece levemente moldurada, y con
golpes decorativos a base de relieves carnosos que dejan entrever la
aparición del rococó, que en el caso de Almería comienzan a incorporarse
en los templos que se realizan hacia mediados del siglo XVIII.
Sin duda la portada es el elemento más sobresaliente del conjunto.
Recoge la influencia del gran templo barroco almeriense: La iglesia de
la Encarnación de Vélez Rubio, aunque siempre con menores pretensiones.
Este influjo se debe a la participación en la construcción de la iglesia
de Oria de Fray Pedro de San Agustín...
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