Inteligencia artificial, robots y personalidad jurídica

AutorRamón Herrera de las Heras
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Civil de la Universidad de Almería
Páginas29-49
CAPÍTULO II
INTELIGENCIA ARTIFICIAL, ROBOTS Y
PERSONALIDAD JURÍDICA
1. Concepto de robot
Como previamente comentábamos, la inteligencia artificial puede apare-
cer en una aplicación informática sin representación física alguna, o incor-
porándose a un elemento físico, conocidos como robots. A lo largo de este
capítulo intentaré determinar si existe o no la necesidad de dotar a estos
robots de algún tipo de personalidad, como proponen algunos sectores de
la doctrina.
Antes de entrar de lleno en el complejo tema de la personalidad, es nece-
sario hacer una breve introducción a cerca del concepto básico de robot. La
denominación actual procede del término checo robota, que significa traba-
jador o siervo, y fue acuñado a principios del siglo XX por el escritor checo
Karel Capek 64. Si bien es cierto que el origen de los robots se sitúa en la
primera mitad del siglo XX, usados básicamente para la realización de tareas
industriales de la época, fue a partir de la aparición de los ordenadores per-
sonales cuando estos comenzaron a llevar a cabo tareas de manera autóno-
ma, cuyo desarrollo y perfeccionamiento se produjo ya en los primeros años
del siglo XXI 65.
Los robots más conocidos por todos nosotros venían siendo los industria-
les, esos a los que me acabo de referir, cuyo uso principal era llevado a cabo
en distintos procesos de fabricación. También han adquirido recientemente
64 A este origen se refiere GUARDIOLA SALMERÓN, situándolo en la obra del escritor
Los robots universales de Rossum, 1920. Vid. GUARDIOLA SALMERÓN, M.: “Robótica e inteli-
gencia artificial: nuevos desafíos jurídicos”, en Law & Trends, julio 2016, https://www.lawand-
trends.com/noticias/tic/robotica-e-inteligencia-artificial-nuevos.html
65 GARCÍA-PRIETO señala hasta nueve tipos de robots según su aplicación: Contesto
ambiental, cirugía, prostética, salud y calidad de vida, militar, educación, juguetes, entrete-
nimiento y arte Vid. GARCÍA-PRIETO CUESTA, J.: “¿Qué es un robot?”, Derecho de los robots,
BARRIO ANDRÉS, M. (Dir.), Ed. Wolters Kluver, pág. 30 a 45
30 Ramón Herrera de las Heras
un papel muy importante aquellos destinados a usos militares, de investiga-
ción espacial o incluso para actuaciones de la administración pública. Baste
señalar que, durante la pandemia del COVID19, algunas administraciones
como la Junta de Andalucía, han utilizado robots para resolver en tiempo
récord las miles de solicitudes de ayudas recibidas 66. En la actualidad, se
abren paso los denominados robots domésticos, cuya misión es hacernos la
vida más fácil a los humanos, y los robots en el ámbito sanitario 67. Es cierto
que no todos ellos serán robots inteligentes, puesto que muchos de ellos se
limitarán a ser tan solo automáticos -especialmente del sector industrial- y
otros carecerán de esa inteligencia o capacidad de interpretar datos o tomar
decisiones autónomas, como muchos de los robots utilizados en la medicina
para la realización de operaciones, que son manejados a través de una espe-
cie de consola por los profesionales de la medicina o los propios drones de
uso militar que, aunque carezcan de piloto en el aparato, cuentan con uno
de forma remota. No obstante, trataré de analizar la problemática de los
robots centrándome en aquellos que realizan sus tareas a través de técnicas
que incluyan la inteligencia artificial de uno u otro modo.
La RAE define al robot como la “máquina programable capaz de realizar
trabajos antes reservados solo a las personas.” Una definición que, aunque muy
básica, nos puede servir bien para comprender una de las principales pro-
blemáticas que han surgido en estos años. Los robots han ido aumentando
de forma exponencial el número de tareas que son capaces de hacer y que
antes tan solo el ser humano podía llevar a cabo. De este modo, han co-
menzado a surgir debates sobre su papel tanto en el ámbito civil, a la hora
principalmente de determinar la responsabilidad civil, como en el laboral y
fiscal, en los que surgen dudas acerca de la conveniencia de considerar a los
robots como trabajadores y así ser sujetos de obligaciones fiscales. Sobre esta
materia, din duda interesante, la doctrina, como ahora veremos, no se llega
a poner de acuerdo.
Pero es necesario profundizar algo más en un concepto actual que nos
permita afrontar el estudio de la necesidad de dotar de personalidad o no
a los robots. Así, GARCÍA-PRIETO sostiene que los robots son “un meca-
nismo complejo que interactúa con su entorno, ejercitando una cierta complejidad
66 Andalucía usará robots para dar ayudas de 1.000€ a 80.000 autónomos en dos meses. El Con-
fidencial, 18 de noviembre de 2020. Accesible en https://www.elconfidencial.com/espana/
andalucia/2020-11-18/andalucia-usara-robots-ayudas-autonomos_2836644/
67 Acerca de estos últimos, PALMIERI da muchos detalles al afirmar que los robots quirúr-
gicos implementados actualmente en los hospitales, y entre sus objetivos más prometedores, todavía objeto
de experimentación, la elaboración de cápsulas médicas inteligentes para llegar a sitios del interior del
cuerpo humano; terapia motora, mental, cognitiva y social, asistida robóticamente; sistemas de monitoreo
de parámetros fisiológicos robotizados y prótesis biónicas avanzadas implantadas directamente en el siste-
ma nervioso central o periférico.” Cfr. PALMIERI, E., “Robótica y derecho: sugerencias, confluen-
cias, evoluciones en el marco de una investigación europea”, Revista de Derecho Privado, n° 32,
enero-junio de 2017, Pág. 53

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR