Instrumentos de la Unión Europea en la lucha contra la inmigración clandestina

AutorJosé Antonio Martínez Rodríguez
Páginas79-80

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La inmigración ilegal ha sido una preocupación constante para la Unión Europea, pues desde el Tratado constitutivo de Maastricht103de 1992, se consideró como una política común la problemática de la inmigración. En cuanto a los valores de este tratado, cabe destacar el respeto a la dignidad humana, la libertad y el respeto de los derechos humanos (art. 2); y entre su fines desea ofrecer a todos sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores, donde se garantice la libre circulación, asilo, inmigración, y de la prevención y lucha contra la delincuencia (art.3).

Dentro de la Unión Europea el Consejo adoptó el Plan de Acción de Viena, de 3 de diciembre de 1998, con el objeto del establecimiento de un espacio de libertad y seguridad previsto en el Tratado de Ám-

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sterdam. En este Plan de Acción se concreta el concepto a «un espacio de libertad», que fija como objetivo asegurar la libre circulación de los ciudadanos conforme al modelo del Acuerdo de Shengen, que en referencia al asilo y a la inmigración, la mayoría de los instrumentos adoptados en el pasado no eran vinculantes, de ahí que en adelante estos ámbitos se incluyan en el Tratado de la CE, adoptándose instrumentos comunitarios y una definición de una verdadera política europea.

Entre las prioridades y medidas en este Plan de Acción en el ámbito de la inmigración, se prevé elaborar disposiciones para las condiciones de entrada, estancia, regreso, y luchar más eficazmente contra la inmigración clandestina, y definición de los derechos de los naturales de terceros...

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