Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre protocolo especial de protestos

AutorCol.legi de Notaris de Catalunya
Páginas55-55

Vista la propuesta formulada por el Consejo General del Notariado -Junta de Decanos de los Colegios Notariales de España- sobre la encuademación especial del protocolo especial de protestos, esta Dirección General, conforme al párrafo segundo del artículo 272 del Reglamento Notariado, ha acordado dictar la siguiente instrucción:

El Notario autorizado para abrir el protocolo especial de protestos de letras de cambio y de otros documentos mercantiles que considere que el número de instrumentos autorizados durante un año no fuese suficiente para justificar su encuademación en tomo independiente, podrá encuadernar los instrumentos autorizados con el último tomo del protocolo ordinario...

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