El instituto de la responsabilidad civil, trasladado al ámbito de este estudio

AutorCarmen Muñoz García
Páginas115-117
V. EL INSTITUTO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL,
TRASLADADO AL ÁMBITO DE ESTE ESTUDIO 99
Desde luego, no procede aquí llevar a cabo un examen, por resumido que
sea, de los requisitos o condiciones de la responsabilidad civil extracontractual
en su marco general. De lo que se trata es de comprobar hasta qué punto procede
su traslación al terreno de los daños que un particular puede sufrir por una tardía
o defectuosa incorporación de una Directiva europea al Derecho interno, o por
una decisión judicial que da la espalda al Derecho de la Unión Europea.
Y no procede porque a nadie escapa que los elementos de la responsabilidad
civil extracontractual han de estar presentes, como corresponde a todo sistema
de responsabilidad civil. Porque, como se ha indicado en el Prólogo de este
estudio, también lo es la de las Administraciones públicas. Ciertamente, una
responsabilidad civil especial por razón de su marcado carácter estatutario:
especial por razón del sujeto responsable, pero por nada más. Acaso la peculia-
ridad se encuentre en el elemento de la antijuridicidad. Éste es y seguirá siendo
discutido en el marco general100, pero en el ámbito de las Administraciones
públicas el legislador sí ha tomado partido, y el daño ha de ser, en efecto,
antijurídico.
99 Cabe señalar al respecto algunas monografías y artículos destacados: DÍEZ-PICAZO,
Derecho de Daños, Civitas, 1999, p. 65 y ss.; JANSEN, en “Estructura de un derecho europeo
de daños, Desarrollo histórico y dogmática moderna”, Indret, Universität Regenburg, Working
Paper nº128, Barcelona, abril de 2003, Indret; MUÑOZ GARCÍA, C., “Situación actual de la
responsabilidad civil”, Libro homenaje al profesor Manuel Albaladejo, vol. 2, coord. por José
Manuel González Porras, Universidad de Murcia, Secretariado de publicación, 2004, pp. 3451-
3464.; MUÑOZ GARCÍA, A. Las estructuras de imputación como criterio delimitador de las
responsabilidades de los administradores en las sociedades de capital, tesis defendida el 18 de enero
de 2016 en Facultad de Derecho UCM (inédita); PANTALEÓN PRIETO, C. “Art. 1902”, Comentario
del Código Civil, T. II, Ministerio de Justicia, 1993. ROCA TRÍAS, E. y NAVARRO MICHEL,
M. Derecho de Daños, Tirant Lo Blanch, 2011; YZQUIERDO TOLSADA, Responsabilidad civil
extracontractual. Planteamiento general, Dykinson, 2019, op. cit.
100 BUSTO LAGO, La antijuridicidad del daño resarcible en la responsabilidad civil
extracontractual, ed. Tecnos, Madrid, 1998.

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