El instituto de reformas sociales ante el trabajo a domicilio: el proyecto de ley de 1918
| Páginas | 107-148 |
| Autor | Elisabet Velo i Fabregat |
6. EL InsTITUTO DE REFORMAs sOCIALEs
AnTE EL TRABAJO A DOMICILIO:
EL PROYECTO DE LEY DE 1918
6.1. TRABAJOS PREPARATORIOS: ENCUESTAS E INFORMES
Después de años de encuentros y congresos nacionales e internacionales, exposi-
ciones y la extensa labor realizada por parte de la CRS, la Sección española de la AI-
PLT y el IRS, en 1918 vio la luz el primer Proyecto de Ley sobre trabajo a domicilio.
A pesar de las tareas que ya se habían llevado a cabo en 1913 para establecer
mecanismos para fijar un mínimo salarial, no fue hasta que el asunto entró en las
Cortes cuando se iniciaron las tareas de redacción de una ley integral sobre trabajo a
domicilio. Fue en la sesión del 28 de noviembre de 1914 cuando el diputado por Va-
lencia Manuel Simó Marín expuso un ruego al ministro de Gobernación, que en ese
momento era José Sánchez-Guerra Martínez. Una interpelación que también se ha-
bía realizado en el Senado por el senador, también representante valenciano, Manuel
Polo y Peyrolón. Esa intervención sirvió para interpelar formalmente al Gobierno
para que solucionara ese problema a través de una norma jurídica que diera respuesta
a ese grave problema.
El origen del ruego fue el trato abusivo que habían sufrido las obreras a domicilio
valencianas, representadas por el Sindicato de la Aguja, por parte de un contratista
que había encargado un millón de camisas para el Ejército francés en su participación
en la Primera Guerra Mundial. Ese encargo se había repartido entre obreras a domi-
cilio a cambio de un pago de seis reales por docena. Además, se había obligado a las
obreras a entregar una camisa de muestra gratuita. Ante esa situación, el diputado
Simó solicitó lo siguiente:
Sin embargo, cabe que, excitando el celo, que no lo necesita, del Instituto de Refor-
mas Sociales para que dé pronto esa ley fijando el mínimum de salario en el contrato
de trabajo, pueda evitarse este abuso, porque ese mínimum de trabajo es indispensable
108 Elisabet Velo i Fabregat
que se imponga para que el contrato sea realizado entre patronos y obreros, de lo con-
trario siempre ha de sucumbir la necesidad, la miseria a manos del capital. (Congreso
de los Diputados, 1914: p.2905)
La preocupación se centraba en el mínimo salarial, de lo que ya se habían iniciado
las investigaciones por parte de Inspección de Trabajo. El trabajo a domicilio ya había
sido mencionado las memorias de ese servicio desde su primera publicación de 1907,
que describimos a continuación.
· Memoria de 1907. Se mencionaba la necesidad que el trabajo a domicilio
fuera objeto de examen por parte del Servicio de Inspección debido al interés
que ese tipo de ocupación despertaba entre la sociedad.
· Memoria de 1908. Se explicaba que en la industria alpargatera se ocupaba
un gran número de menores en Alicante y Castellón, en su mayoría a do-
micilio. Por esa razón no era posible intervenir por parte de Inspección y los
abusos eran muy difíciles de combatir. Se apuntaba que la industria española
se sostenía por talleres modestos en los que se trabajaba muchas horas por un
jornal miserable, empleando para ello a mujeres y niños.
· Memoria de 1909. Se volvía a describir la situación de los talleres de mo-
distas, sastres y análogos pertenecientes al sector textil, donde se originaban
las mayores infracciones a la ley en cuanto a jornada laboral y descanso los
domingos. También se informaba sobre la obligación que se cargaba a las
obreras para que trabajaran media jornada para acabar «los remates», sin que
se les retribuyera ese trabajo extra.
· Memoria de 1912. Se explicaba que en León se había detectado que el traba-
jo a domicilio era exclusivo en la industria del vestido. También se afirmaba
que en los talleres sujetos a acción inspectora se detectaron pocas sanciones,
puesto que cada vez era más habitual el trabajo a domicilio por estar libre de
esa vigilancia. Además, se ponían de relieve los males derivados del «sweating
system» y se recalcaba la necesidad que el Estado ejerciera su acción tutelar
respecto a las obreras a domicilio por su situación de debilidad.
· Memoria de 1913. Se constataba el aumento del trabajo a domicilio debido
a que los patronos mandaban a las obreras que acabaran los encargos en sus
domicilios por no acceder la jornada laboral máxima establecida en la ley. Se
hacía patente, de nuevo, la necesidad que los poderes públicos actuaran con
el fin de acabar con los «desastrosos efectos de esa forma de trabajo».
· Memoria de 1914. Se repetía la descripción de situaciones contenidas en an-
teriores memorias.
El trabajo a domicilio 109
· Memoria de 1915. Se explicaba que la aplicación de la Ley de 1912 sobre
prohibición de trabajo nocturno de las obreras comportó que en la industria
textil no hubiera turno de noche de mujeres y esa situación hacía aumentar
los encargos a domicilio. Se constató que, en los meses de otoño, invierno y
primavera, la jornada laboral de las obreras que trabajaban en sastrerías, ta-
lleres de modista y costureras se alargaba hasta las diez de la noche o incluso
más tarde.
La Inspección de Trabajo también colaboró en la recogida de nueva información
para la elaboración del Proyecto de Ley para actualizar la recogida por la CRS y por la
Sección española de la AIPLT, descrita anteriormente.
La colaboración entre ambas instituciones se materializó con la ayuda de la Ins-
pección, que se encargó de trasladar dos cuestionarios a sus servicios regionales. El
primero fue el siguiente:
I. INDUSTRIAS EN QUE EXISTE EL TRABAJO A DOMICILIO.
1. Vestidos.
2. Cordonería y pasamanería.
3. Abanicos.
4. Artículos de papel, de cartón, de cuero.
5. Artículos de sport, juguetería.
6. Joyerías y platería.
7. Otras industrias.
II. POBLACIONES EN LAS QUE EL TRABAJO A DOMICILIO SE DA
CON MÁS INTENSIDAD.
1. Número de fábricas y centros para los que se ejecuta.
III. QUIÉN DA EL TRABAJO A DOMICILIO.
1. Comerciales que venden al público los productos fabricados o elaborados a
domicilio.
2. Dueños de almacenes o depósitos para la venta al por mayor.
3. Contratistas y subcontratistas que no tienen talleres, pero reparten trabajo a
domicilio.
4. Talleres o centros de trabajo cuyos patronos dan una parte del trabajo a do-
micilio, ya con exclusión del que los obreros realizan en el taller, ya como
complementario de él.
Para continuar leyendo
Comienza GratisDesbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.
Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent
-
Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.
-
Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.
-
Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.
-
Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.
-
Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.
-
Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.