La institución de heredero

AutorXavier O'Callaghan
Cargo del AutorMagistrado del Tribunal Supremo. Catedrático de Derecho Civil

La disposición testamentaria, de carácter patrimonial, más importante (en algunos Derechos, como el romano y actualmente el catalán, esencial) que integra el contenido típico del testamento, es la institución de heredero. Se puede definir, en forma sencilla, como la disposición por la que el testador designa heredero (1), o también, en forma más completa, la designación que el testador hace en su testamento de la persona o personas que por título universal han de sucederle en sus bienes o derechos (2).

En el Derecho romano la institución de heredero era elemento esencial del testamento, que fue introducido en España por las Partidas, pero ya el Ordenamiento de Alcalá lo eliminó como elemento esencial (que continúa como tal en el Derecho catalán), lo que sigue el Código civil, cuyo artículo 764 prevé que el testamento será válido aunque no contenga institución de heredero; incluso cabe que se nombre heredero, pero no se le destine a él la totalidad del patrimonio; cabe también que el heredero o uno de los coherederos repudie la herencia o sea incapaz: sigue diciendo el artículo 764 que el testamento será válido aunque la institución de heredero no comprenda la totalidad de los bienes y aunque el nombrado no acepte la herencia o sea incapaz de heredar; en tales casos, no pierde validez ni eficacia el testamento, sino que se debe ejecutar y en los bienes no atribuidos al heredero y en la parte de la herencia atribuida al heredero que ha repudiado o es incapaz, se produce la sucesión intestada (vid. el número 2.º del art. 912 y también los números 3.º, repudiación, y 4.º, incapaz): así lo expresa el segundo párrafo del mismo artículo 764: en estos casos se cumplirán las disposiciones testamentarias hechas con arreglo a las leyes y el remanente de los bienes pasará a los herederos legítimos (intestados). En contraste con el Derecho romano, que por el carácter absorbente del heredero, como sucesor universal que...

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