Corrección de errores del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Febrero de 2008
MarginalBOE-A-2008-3745
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 207, de 29 de agosto de 2007, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 35939, segunda columna, en el artículo 26 «Mantenimiento de instalaciones», en su apartado 6.c):

Donde dice: «... sea igual o mayor que 5.000 kW en calor y/o 1.000 kW en frío,...», debe decir: «... sea mayor que 5.000 kW en calor y/o 1.000 kW en frío,...».

En la página 35942, primera columna, en el artículo 38 «Registro», en su apartado 3:

Donde dice: «... instalaciones técnicas en edificios...», debe decir: «... instalaciones térmicas en edificios...».

En la página 35947, segunda columna, en la Tabla 1.4.2.5, «Clases de filtración»,

Donde dice:

Ida 1

Ida 2

Ida 3

Ida 4

ODA 1

F9

F8

F7

F6

ODA 2

F7/F9

F8

F7

F6

ODA 3

F7/F9

F6/F8

F6/F7

G4/F6

ODA 4

F7/F9

F6/F8

F6/F7

G4/F6

ODA 5

F6/GF/F9*

F6/GF/F9*

F6/F7

G4/F6

* Se deberá prever la instalación de un filtro de gas o un filtro químico (GF) situado entre las dos etapas de filtración.

Debe decir:

Filtración de partículas

Ida 1

Ida 2

Ida 3

Ida 4

Filtros previos

ODA 1

F7

F6

F6

G4

ODA 2

F7

F6

F6

G4

ODA 3

F7

F6

F6

G4

ODA 4

F7

F6

F6

G4

ODA 5

F6/GF/F9*

F6/GF/F9*

F6

G4

Filtros finales

ODA 1

F9

F8

F7

F6

ODA 2

F9

F8

F7

F6

ODA 3

F9

F8

F7

F6

ODA 4

F9

F8

F7

F6

ODA 5

F9

F8

F7

F6

* Se deberá prever la instalación de un filtro de gas o un filtro químico (GF) situado entre las dos etapas de filtración. El conjunto de filtración F6/FG/F9 se pondrá, preferentemente, en una Unidad de Pretratamiento de Aire (UPA).

En la página 35949, primera columna, en la IT 1.2.3, «Documentación justificativa»:

Donde dice: «El proyecto o memoria técnica...», debe decir: «1. El proyecto o memoria técnica...».

En la página 35949, segunda columna, en la IT 1.2.3, «Documentación justificativa»; los apartados 3 a 7 pasan a ser los apartados 2 a 6 respectivamente.

En la página 35949, segunda columna, en la IT 1.2.4.1.1, «Criterios generales», en su apartado 1:

Donde dice: «... se ajustará a la demanda máxima simultánea...», debe decir: «... se ajustará a la carga máxima simultánea...».

En la página 35950, primera columna, en la IT 1.2.4.1.1, «Criterios generales», en su apartado 2:

Donde dice: «En el procedimiento de análisis se estudiarán las distintas demandas al variar la hora del día y el mes del año, para hallar la demanda máxima simultánea, así como las demandas parciales y la mínima,...», debe decir: «En el procedimiento de análisis se estudiarán las distintas cargas al variar la hora del día y el mes del año, para hallar la carga máxima simultánea, así como las cargas parciales y la mínima,...».

En la página 35950, segunda columna, en la IT 1.2.4.1.2.1, «Requisitos mínimos de rendimiento energético de los generadores de calor», en su apartado 7.a):

Donde dice: «Calderas de tipo atmosférico a partir del uno de enero de 2010.», debe decir: «Calderas individuales a gas de menos de 70 kW de tipo atmosférico a partir del uno de enero de 2010.».

En la página 35950, segunda columna, en la IT 1.2.4.1.2.2, «Fraccionamiento de potencia», en su apartado 1:

Donde dice: «... según el perfil de la demanda de energía térmica prevista.», debe decir: «... según el perfil de la carga de energía térmica prevista.».

En la página 35951, primera columna, en la Tabla 2.4.1.1, «Regulación de quemadores» .

Donde dice: «Regulación», debe...

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