Corrección de errores del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
Fecha de Entrada en Vigor | 28 de Febrero de 2008 |
Marginal | BOE-A-2008-3745 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de la Presidencia |
Rango de Ley | Corrección |
Advertidos errores en el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 207, de 29 de agosto de 2007, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 35939, segunda columna, en el artículo 26 «Mantenimiento de instalaciones», en su apartado 6.c):
Donde dice: «... sea igual o mayor que 5.000 kW en calor y/o 1.000 kW en frío,...», debe decir: «... sea mayor que 5.000 kW en calor y/o 1.000 kW en frío,...».
En la página 35942, primera columna, en el artículo 38 «Registro», en su apartado 3:
Donde dice: «... instalaciones técnicas en edificios...», debe decir: «... instalaciones térmicas en edificios...».
En la página 35947, segunda columna, en la Tabla 1.4.2.5, «Clases de filtración»,
Donde dice:
Ida 1
Ida 2
Ida 3
Ida 4
ODA 1
F9
F8
F7
F6
ODA 2
F7/F9
F8
F7
F6
ODA 3
F7/F9
F6/F8
F6/F7
G4/F6
ODA 4
F7/F9
F6/F8
F6/F7
G4/F6
ODA 5
F6/GF/F9*
F6/GF/F9*
F6/F7
G4/F6
* Se deberá prever la instalación de un filtro de gas o un filtro químico (GF) situado entre las dos etapas de filtración.
Debe decir:
Filtración de partículas
Ida 1
Ida 2
Ida 3
Ida 4
Filtros previos
ODA 1
F7
F6
F6
G4
ODA 2
F7
F6
F6
G4
ODA 3
F7
F6
F6
G4
ODA 4
F7
F6
F6
G4
ODA 5
F6/GF/F9*
F6/GF/F9*
F6
G4
Filtros finales
ODA 1
F9
F8
F7
F6
ODA 2
F9
F8
F7
F6
ODA 3
F9
F8
F7
F6
ODA 4
F9
F8
F7
F6
ODA 5
F9
F8
F7
F6
* Se deberá prever la instalación de un filtro de gas o un filtro químico (GF) situado entre las dos etapas de filtración. El conjunto de filtración F6/FG/F9 se pondrá, preferentemente, en una Unidad de Pretratamiento de Aire (UPA).
En la página 35949, primera columna, en la IT 1.2.3, «Documentación justificativa»:
Donde dice: «El proyecto o memoria técnica...», debe decir: «1. El proyecto o memoria técnica...».
En la página 35949, segunda columna, en la IT 1.2.3, «Documentación justificativa»; los apartados 3 a 7 pasan a ser los apartados 2 a 6 respectivamente.
En la página 35949, segunda columna, en la IT 1.2.4.1.1, «Criterios generales», en su apartado 1:
Donde dice: «... se ajustará a la demanda máxima simultánea...», debe decir: «... se ajustará a la carga máxima simultánea...».
En la página 35950, primera columna, en la IT 1.2.4.1.1, «Criterios generales», en su apartado 2:
Donde dice: «En el procedimiento de análisis se estudiarán las distintas demandas al variar la hora del día y el mes del año, para hallar la demanda máxima simultánea, así como las demandas parciales y la mínima,...», debe decir: «En el procedimiento de análisis se estudiarán las distintas cargas al variar la hora del día y el mes del año, para hallar la carga máxima simultánea, así como las cargas parciales y la mínima,...».
En la página 35950, segunda columna, en la IT 1.2.4.1.2.1, «Requisitos mínimos de rendimiento energético de los generadores de calor», en su apartado 7.a):
Donde dice: «Calderas de tipo atmosférico a partir del uno de enero de 2010.», debe decir: «Calderas individuales a gas de menos de 70 kW de tipo atmosférico a partir del uno de enero de 2010.».
En la página 35950, segunda columna, en la IT 1.2.4.1.2.2, «Fraccionamiento de potencia», en su apartado 1:
Donde dice: «... según el perfil de la demanda de energía térmica prevista.», debe decir: «... según el perfil de la carga de energía térmica prevista.».
En la página 35951, primera columna, en la Tabla 2.4.1.1, «Regulación de quemadores» .
Donde dice: «Regulación», debe...
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