STSJ Murcia , 30 de Septiembre de 2002

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2002:2383
Número de Recurso757/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

1 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA ssau003 SENTENCIA Nº: 1072/2002 ROLLO Nº: RSU 757/2002 40129 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a treinta de septiembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Telefónica de España S.A.U., contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 22 de febrero de 2002, dictada en proceso número 855/2001, sobre contrato de trabajo entablado por don Germán frente a Telefónica de España SAU e Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) La esposa del actora, doña Elena , trabajadora afiliada al Régimen General de Trabajadores Autónomos con el número de inscripción NUM000 dio a luz el 28 de septiembre de 2001, iniciando el descanso maternal desde esa fecha, manifestando en ese momento que disfrutaría las seis primeras semanas del descanso por maternidad, siendo su cónyuge don Germán quien disfrutaría de las 10 semanas restantes. Así se optó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, concretando que el accionante disfrutaría del periodo de descanso desde el 9 de noviembre de 2001 hasta el 17 de enero de 2002. 2º) El actor es empleado de la Compañía Telefónica de España S.A. 3º) El demandante solicitó de su empleador disfrutar permiso de paternidad por cesión del derecho de su esposa en los periodos indicados anteriormente. La demanda no accedió a tal petición en base a la condición de trabajadora autónoma de la esposa. 4º) Se agotó la vía previa"; y el fallo fue del tenor literal siguiente:

"Estimar la demanda formulada por don Germán , frente a la empresa Telefónica de España S.A. e Instituto Nacional de la Seguridad Social, y declarar el derecho del demandante a disfrutar en sustitución de su esposa doña Elena desde el 9 de noviembre de 2001 hasta el 17 de enero de 2002, condenando a Telefónica de España S.A. a estar y pasar por ello. Se absuelve al Instituto Nacional de la Seguridad Social por estimación de la excepción de la legitimación pasiva".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el letrado don Antonio Pedro Molina García, en representación de la parte demandada, con impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Germán presentó demanda, sobre seguridad social, contra Telefónica de España, S.A. y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en reclamación de que se declarase su derecho a disfrutar del permiso de maternidad por cesión del derecho de su esposa; demanda que fue estimada por el Juzgado a quo, previa estimación de la excepción de falta de legitimación pasiva del Instituto Nacional de la Seguridad Social, al considerar que el actor está asistido del derecho a disfrutar el tiempo de...

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