Insripción de representación gráfica alternativa. Oposición de colindante y de la administración

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: Está justificada la denegación de la inscripción de una representación gráfica georreferenciada dada la existencia de conflicto entre fincas colindantes, debido a que hay un previo litigio en los tribunales.

Hechos: Mediante instancia el titular de una finca registral solicita la rectificación de su cabida y la inscripción de representación gráfica georreferenciada.

La registradora, una vez tramitado el expediente del art. 199 LH, suspende la inscripción, considerando la oposición expresa del titular de una finca colindante así como la de una junta vecinal.

Se aporta una sentencia dictada en juicio declarativo en acción entablada por dichos colindantes en acción de deslinde y amojonamiento y acción reivindicatoria en la que se desestimó la pretensión, reconociendo la prescripción adquisitiva a favor del recurrente de una franja de terreno.

El recurrente pretende que el registrador en su calificación o la Dirección General en sede de recurso resuelvan el conflicto entre colindantes.

Resolución: La Dirección General desestima el recurso y confirma la nota de calificación.

Doctrina: El artículo 199 de la LH regula el expediente para la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de la finca y su coordinación con el Catastro, disponiendo que el titular registral del dominio o de cualquier derecho real sobre finca inscrita podrá completar la descripción literaria de la misma acreditando su ubicación y delimitación gráfica y, a través de ello, sus linderos y superficie, mediante la aportación de la correspondiente certificación catastral descriptiva y gráfica. El apartado 2 del artículo 199 remite, en caso de tratarse de una representación gráfica alternativa a la catastral, a la misma tramitación de su apartado 1, con la particularidad de que han de ser notificados los titulares catastrales colindantes afectados.

En el presente caso la DG considera "identificadas y fundadas las dudas de la registradora, en cuanto a la existencia de conflicto entre fincas colindantes, existiendo un previo litigio en los tribunales".

Uno de los colindantes, que formula oposición, la apoya con diversa documentación que se aporta al expediente, poniendo de manifiesto el conflicto en relación con una concreta franja de terreno.

A lo anterior se une la oposición de la Junta Vecinal, que si bien no aporta documentación adicional, pero al ser parte en el procedimiento judicial, "contribuye a sembrar dudas sobre la delimitación propuesta, que...

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