Algo más sobre la inscripción de los montes

AutorNiceto Alcala Zamora
Páginas401-406

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La lectura del número 4 de esta Revista me planteó una pequeña perplejidad de actitud, ya que no duda de juicio. En este punto, si vo sintiera la vanidad, habría, podido quedar muy halagado, y en todo caso estoy agradecido, porque el maestro indiscutible en Derecho inmobiliario escogiese para sus primeras y no frecuentes replicas mis ingenuas expansiones, que tal nombre v no el pretencioso de teorías, merece lo que dije. Mas de tal tentación me apartó con mi temperamento el temor fundado, que ya sentía en 1918, cuando al comunicar mi iniciativa a Registrador tan culto como el señor Cantos, me acusaba a mí mismo de cierta heterodoxia hipotecaria. No creía ni quería yo ir contra la esencia y fundamentos del dogma, sino contra tendencias de su glosa y prácticas de su liturgia, propensas siempre a la confusión con aquél en rodo orden de creencias. Conste, pues, que no me hago iusiones ; mi propuesta no se discute por interesante; se la condena por herética.

Con tal convencimiento, he vacilado para replicar, y, al fin, aprovechando unos instantes libres, ahí van estas líneas. Con ello un soplo de contienda, afectuosa y cortés, con la tranquilizadora promesa de no seguir reincidiendo, animará la gravedad inevitable de páginas habitualmente dedicadas a frías y hondas meditaciones técnicas. Comparezco de nuevo, no arrepentido sino obstinado, y digo :Page 402Es innegable, como con tan gran autoridad recuerda el señor González, y a ello aludía ya, que el Estado tiene sobre sus cosas inapreciables v eficaces potestades, que se salen del cuadro civil de los derechos dominicales. Pero, ¿por igual sobre todas?; ¿con idéntica naturaleza en éstas y la misma aplicación de aquellas? No; la diferenciación objetiva influye tanto, sobre todo para la cuestión discutida, que llega a hacer absurda e inútil o fácil y peligrosa la inscripción contradictoria o incompatible en favor de particulares.

Jamás he reprochado al Ministerio de Marina porque no se preocupe de colocar cruceros y submarinos, bajo el patrón del Código de Comercio y la ley de Hipoteca naval. En eso no hay riesgo. La inquietud que sentí en Fomento por la no inscripción de los montes, dejó de asaltarme en Guerra. con relación a los fuertes. Quien pretenda inscribir uno de éstos, mientras más perfeccione la descripción de emplazamiento para balerías o subterráneos para las tropas, menos encontrará registro que le ampare, y si le halla, el Estado no se...

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