Objeto social: no son inscribibles las actividades profesionales incluidas en el objeto de una sociedad no profesional

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas89-90

Page 90

Hechos: Se suspende la inscripción de parte de un objeto de una sociedad no profesional relativo a "l a realización de tratamientos de fisioterapia, masajes terapéuticos y rehabilitación funcional, así como servicios médicos de traumatología y ortopedia, podología, realización de terapias alternativas", por infringir el artículo 1 Ley Sociedades Profesionales.

Se recurre por el interesado.

Doctrina: La DG confirma la nota de calificación.

Siguiendo la estela marcada por la resolución de 5 de marzo de este mismo año , y teniendo en cuenta la doctrina sentada por la sentencia del TS de 18 de julio de 2012, se reitera la doctrina de esta última resolución.

Comentario: Como vemos ya es reiterada la doctrina sentada por nuestro Centro Directivo acerca de la imposibilidad de que en una sociedad no profesional se incluyen actividades típicamente profesionales. Y por ello seguiremos insistiendo en la urgente...

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