Innovación en la energía: pilar imprescindible en la lucha contra el cambio climático

AutorMar Gómez Muñoz
Páginas183-211

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Ver nota 1

1. Introducción y ruta tecnológica energética europea

La innovación es transversal a todas las actividades de investigación y desarrollo dentro de las disciplinas científicas como las ciencias naturales, ciencias formales, ciencias sociales y ciencias jurídicas. En este trabajo se describen las principales políticas europeas de investigación, desarrollo e innovación, haciendo especial hincapié en el programa de investigación e innovación Horizonte 2020 (H2020), así como las políticas nacionales españolas en materia de investigación, desarrollo e innovación.

La política europea de investigación y desarrollo tiene su origen en el artículo 179 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), cuyo objetivo primordial ha sido la creación del Espacio Europeo de Investigación para fortalecer las bases científicas y tecnológicas, materializándose en tres pilares principales tales como los programas marco de investigación, incluido

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H2020; la Red del Espacio Europeo de Investigación (ERA-NET) y el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT).

Por su parte, la política europea de innovación nace en el artículo 173 del TFUE, donde se pone de manifiesto la importancia de la competitividad industrial de los distintos países europeos, fomentando la creación de mejores productos y servicios para los ciudadanos, a partir de resultados de la investigación. La Estrategia de Lisboa renovada establece como primer objetivo el crecimiento europeo basado en la innovación. La política de innovación se ha apoyado en las siguientes iniciativas e instrumentos económicos: la iniciativa «Unión por la innovación», incluida en la Estrategia Europea 2020; el programa marco H2020; el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER); el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Fondo Europeo de Inversiones (FEI), y el Consejo Europeo de la Innovación (CEI).

Cabe resaltar que el programa marco H20202aúna las políticas de investigación e innovación, naciendo para apoyar la implementación de la estrategia Europa 2020 y la iniciativa emblemática de «Unión por la innovación»3, contribuyendo directamente a abordar los principales retos de la sociedad, a crear y mantener el liderazgo industrial en Europa, así como reforzar la excelencia de la base científica, esencial para la sostenibilidad, la prosperidad y el bienestar de Europa a largo plazo.

Respecto de la política de cambio climático y medioambiente, es en el artículo 191 del TFUE donde se refleja la importancia de la lucha contra el cambio climático, que se formula como un objetivo de la política ambiental. En 2015 la Unión Europea suscribe el Acuerdo de París, que sustituirá al Protocolo de Kioto a partir de 2020, dando continuidad a sus iniciativas climáticas más emblemáticas -la hoja de ruta de la Unión hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050, el régimen de comercio de derechos de emisión y las directivas de fomento de energías renovables y de eficiencia energética-. El denominado «paquete de invierno de 2016» confirma y refuerza estas iniciativas, procediendo a una revisión del marco jurídico de energía y clima4, y estableciendo un nuevo régimen de gobernanza de la Unión de la Energía.

Se ha podido comprobar que el Protocolo de Kioto ha fallado en los objetivos que se habían fijado, afirmando la necesidad de establecer el mapa del cambio tecnológico para poder alcanzar los escenarios europeos prefijados respecto al cambio de temperatura, particularmente, en los sectores energéticos y de transporte. La investigación y el desarrollo de tecnologías de lucha contra el cambio climático reducirá notablemente las acciones de mitigación adoptadas

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por los distintos países, siendo muy limitante la colaboración conjunta5para poder alcanzar los objetivos anteriormente mencionados.

Por su parte, el Plan Estratégico Europeo de Tecnología Energética (SET Plan, por sus siglas en inglés) nace con el objetivo de transformar el sector de la producción energética para desarrollar las soluciones tecnológicas adecuadas que puedan asegurar el cumplimiento de los escenarios previstos en 2050 respecto del cambio climático.

Tiene su precedente en la comunicación de la Comisión6, denominada «Una política Energética para Europa», donde se comparte el objetivo ya fijado en la Conferencia de Mesina de 1955, siendo este la obtención de energía barata y abundante a disposición de todos los países miembros. Los principales puntos abordados por esta comunicación son: retos del sector energético, objetivos estratégicos de la política energética en Europa, plan de acción7e impulso para el establecimiento de un marco común europeo.

El SET Plan engloba ocho grandes iniciativas:

· La iniciativa europea industrial de bioenergía.

· La iniciativa europea de captura, transporte y almacenamiento de CO2.

· La iniciativa europea de redes eléctricas.

· La iniciativa tecnológica conjunta de hidrógeno y pilas de combustible.

· La iniciativa de energía nuclear sostenible.

· La iniciativa de eficiencia energética en ciudades inteligentes.

· La iniciativa europea de energía solar.

· La iniciativa europea de energía eólica.

Dentro de la metodología de funcionamiento del SET Plan se han establecido tres órganos en los que recae el correcto desarrollo y funcionamiento del SET Plan, siendo estos:

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· Grupo Directivo del SET Plan (Steering Group), presidido por la Comisión y compuesto por representantes de los Estados miembros. En él se diseñan acciones conjuntas, se coordinan políticas y programas, y se supervisan los avances de forma sistemática.

· Alianza Europea de Investigación Energética (EERA, por sus siglas en inglés), donde se definen coordinadamente las distintas estrategias y planes de trabajo.

· Sistema de Información del SET Plan (SETIS), que juega un importantísimo papel en la implementación del SET Plan, identificando los objetivos energéticos tecnológicos y de investigación y desarrollo para asegurar la efectividad y el cumplimiento de los límites establecidos en relación con el cambio climático.

Dentro de la hoja de ruta tecnológica derivada del SET Plan y presentada por la Comisión en julio de 20098, respecto de la inversión en las tecnologías de bajas emisiones de carbono, cabe destacar el punto tercero, relativo a las tecnologías de bajas emisiones de CO2, donde ya se establece como objetivo priori-tarios para 2020 que el 20% de la electricidad en la Unión Europea deberá ser producida mediante energía eólica, el 15% de la electricidad de la Unión Europea debe proceder de la energía solar y la obligación de integrar por lo menos el 35% de la electricidad de origen renovable en la red eléctrica europea, funcionando bajo el principio inteligente coordinando la demanda y la oferta eléctrica9.

Dentro de esta hoja de ruta tecnológica, y en la temática que nos ocupa, se va a prestar una mayor relevancia al punto relativo a la iniciativa industrial europea (EII, por sus siglas en inglés) de eficiencia energética en ciudades inteligentes. Dicha iniciativa pretende promover los criterios de eficiencia energética en ciudades, tales como el de alcanzar un 40% de reducción en las emisiones de gases de efecto invernadero en 2020. Para ello, esta EII cuenta con programas de fomento de la innovación en temas de eficiencia, implantando y desarrollando tecnologías efectivas de bajas emisiones de carbono e implementando la gestión inteligente de la demanda y la oferta energética.

En un primer estadio, las medidas se llevarán a cabo principalmente en edificios, sistemas centralizados de calefacción y refrigeración y en el transporte urbano. Dichas medidas incluyen un plan piloto para la construcción de 200 edificios de consumo energético nulo (zero-energy building), implantados en

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distintas zonas climáticas y siguiendo criterios constructivos sostenibles para poder modelizar las técnicas constructivas en función de la latitud y la altitud de las distintas ciudades. Este «plan piloto» acabó reflejándose como obligación en la Directiva 2010/31 de eficiencia energética de los edificios. Su artículo 9 impone que a 31 de diciembre de 2020 todos los edificios nuevos tengan un consumo de energía casi nulo. Para los edificios nuevos que sean propiedad de las autoridades públicas y que estén ocupados por ellas la obligación se adelanta al 31 de diciembre de 2018. Se define (artículo 2, apartado 2) el edificio de consumo de energía casi nulo: edificio con un nivel de eficiencia energética muy alto, que se determinará de conformidad con el anexo I. La cantidad casi nula o muy baja de energía requerida debería estar cubierta, en muy amplia medida, por energía procedente de fuentes renovables, incluida energía procedente de fuentes renovables producida in situ o en el entorno.

Asimismo, se ha planificado el desarrollo de 10 proyectos de redes inteligentes y el establecimiento de programas de transporte de bajas emisiones, así como la implantación del vehículo eléctrico en zonas urbanas. El coste previsto para la ejecución de esta EII es de 10-12 billones de euros, repartidos en 10 años.

La última comunicación de la Comisión respecto del SET Plan, titulada «Hacia un plan estratégico europeo integrado de tecnología energética: acelerando la transformación del sistema energético europeo», fue publicada el 15 de septiembre de 201510. En dicha comunicación se prioriza la innovación como catalizador para alcanzar la Unión Energética y, por tanto, dada la lentitud de los resultados esperados en el SET Plan, este debe ser actualizado11, ya que necesita una mayor priorización de actividades, una mayor integración y una coordinación eficiente...

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