STSJ Comunidad de Madrid , 20 de Mayo de 2004

PonenteFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
ECLIES:TSJM:2004:6555
Número de Recurso3044/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00815/2004 Recurso 3044/97 SENTENCIA NUMERO 815 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don Javier E. López Candela.

Magistrados:

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

D. Miguel Angel García Alonso D. Francisco Javier Canabal Conejos Dñª. Sandra González de Lara Mingo D. Enrique Calderón de la Iglesia.

En la Villa de Madrid, a veinte de mayo de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso conten-cioso-administrativo número 3044/97, interpuesto por don Bartolomé , doña María Inés y doña Paula , representados por el Procurador don Antonio Barreiro Meiro Barbero, contra Decreto de Ejecución Sustitutoria de 27.6.97, dictado por la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de

Madrid que es referente al edificio sito en la C/ DIRECCION000 , número NUM000 de Madrid. Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador don Felipe Juanas Blanco. Actuando como codemandados doña Leticia , don Germán y don Luis Carlos , representados por el Letrado don Juan Manuel Ruiz Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 31 de diciembre de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando senten-cia es-timatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspon-dientes en relación con la ac-tuación administrati-va impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación del Ayuntamiento de Madrid, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 16 de abrli de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinen-tes, la parte terminó supli-cando el manteni-miento de la ac-tuación administrativa recurrida. La codemandada no presentó escrito de contestación TERCERO.- Que, por Auto de fecha 27 de junio de 2001 , se acordó haber lugar al recibimiento a prueba del presente recurso, practicándose las admitidas por la Sala con el resultado obrante en autos. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realiza-do; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 20 de mayo de 2004, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Francisco Javier Canabal Conejos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna el decreto municipal de 27.6.97 , dictado por la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid que, en referencia al edificio sito en la C/ DIRECCION000 , número NUM000 de Madrid, requirió a los recurrentes el abono de 7.647.803 pesetas de conformidad con las facturas aportadas por obras de demolición, realizadas en ejecución sustitutoria, de los cuerpos de edificación declarados en ruina...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR