Inmatriculación. Títulos circulares elaborados ad hoc

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

La registradora suspende la inmatriculación al entender que se ha creado la titulación «ad hoc» para provocar la inmatriculación de la finca apoyándose en la R. 22 de junio de 2013, entre otras.

El recurrente recurre alegando calificaciones precedentes y la existencia de doble título.

La DGRN, respecto a la primera alegación, recuerda que el registrador no está vinculado por las calificaciones llevadas a cabo por otros registradores, como tampoco lo está por las propias resultantes de la anterior presentación de otros títulos.

En cuanto al asunto de fondo, con el sistema de doble título, la inmatriculación se encuentra muy facilitada, por lo que es preciso tomar cautelas, a la hora de permitir su acceso al registro, para minimizar los riesgos derivados de que los importantes efectos de los que se benefician los títulos inmatriculados no perjudiquen a terceros. El registrador, como servidor de la seguridad jurídica preventiva, ha de valorar, entre otros extremos, si la documentación presentada ha sido elaborada expresamente para inmatricular o si se trata de verdaderas transmisiones, pudiendo apreciar, a estos efectos, si ha existido fraude que pueda...

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