Inmatriculación art. 205. Finca coincidente con otra ya inmatriculada

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: No cabe inmatricular una finca si ello produce una doble inmatriculación, en particular si tiene la misma referencia catastral que otra inscrita que además procede de un mismo titular.

Hechos: Se otorga una escritura de herencia en la que se inventaría una finca que se pretende inmatricular.

La registradora deniega la inscripción porque ya consta inscrita la misma finca que, además, había sido donada en vida por la causante de la herencia.

El interesado recurre y alega que la donación que sirvió de título inmatriculador tuvo que ser falsa.

La Dirección General desestima el recurso.

Doctrina: No cabe la inmatriculación de una finca cuando ya existe otra finca con la misma referencia catastral que aparece inscrita a nombre de persona distinta de quien ahora solicita la...

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