Las initial coins offerings

AutorBeatriz Fonticiella Hernández
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria
Páginas161-225
Capítulo V
Las
initial coins offerings
I. NOTAS INTRODUCTORIAS
Si por algo se caracterizan los nuevos entornos financieros eminentemente di-
gitales es por su capacidad de evolución, que puede llegar a determinar la aparición de
nuevas formas de actuación en períodos muy breves de tiempo. Situación que obliga
constantemente la revisión y adecuación de la normativa vigente a los nuevos escena-
rios jurídico-económicos.
En este sentido, ya hicimos referencia a la revolución que supuso la posibilidad
de digitalizar la propiedad mediante su tokenización336, lo que ha facilitado la apari-
ción de las ofertas iniciales de monedas o con mayor propiedad, de criptomonedas, o
initial coins offerings (ICO). Esta denominación evoca rápidamente y por asimilación
a las initial public offering u ofertas públicas de venta. Sin embargo, en esta ocasión lo
que los inversores adquieren son activos criptográficos, o más propiamente, criptoac-
tivos, esto es, un activo generado mediante tecnología blockchain. De ahí que la defi-
nición genéricamente aceptada de ofertas de criptomonedas, no sea del todo precisa
y requiera, desde estas líneas iniciales, su matización. Y es que un criptoactivo puede
tener diversas características según las funciones para las que ha sido creado.
Con carácter general y de forma unánime, se distinguen tres tipos de criptoacti-
vos principalmente. En primer lugar, se sitúan los criptoactivos de pago donde quedan
incluidas las criptomonedas, que ya hemos tenido ocasión de estudiar y que sirven
como medio de pago para sufragar el precio de bienes o servicios, funcionando como
monedas virtuales. En segundo término, es posible distinguir a su vez los criptoactivos
que tienen finalidad de inversión, y que llegan a generar un derecho a la obtención
336 Concepto sobre el que volveremos más adelante.
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de beneficios de forma similar a las acciones u otros instrumentos de renta variable.
En último lugar, se encuentran los criptoactivos de utilidad que otorgan a su poseedor
derechos de consumo para acceder a algún tipo de producto o servicio337.
No obstante, debido a las características híbridas de muchos de estos activos, es
posible distinguir, con independencia de los tres tipos principales mencionados, otros
criptoactivos. Es el caso, entre otros, de los criptoactivos remuneratorios en redes sociales,
como Steem, o aquellos que funcionan como forma de almacenamiento, como Filecoin.
Esta superposición de criptoactivos que pueden generarse a través de una ICO,
puede dar lugar a confusión, sobre todo porque se agrupan bajo la denominación
de oferta inicial de criptomonedas que, hemos visto, es solamente una de sus posibles
variantes. Más, su explicación se encuentra en que durante las primeras etapas de la
tecnología blockchain solamente se emitieron criptomonedas, en concreto, bitcoins.
Con el lanzamiento de una ICO se persigue la obtención de financiación me-
diante la emisión de un criptoactivo que podrá será adquirido por los inversores a
cambio de criptomonedas sólidas y en circulación, como por ejemplo bitcoin o ether, o a
cambio de dinero fiduciario338. Cualquiera que sea la solución elegida, esta contrapar-
tida servirá para financiar el futuro proyecto.
Si bien, tal y como veremos, la solidez, seguridad e implantación de esta forma de
financiación todavía se encuentra en ciernes tanto a nivel nacional como internacional,
lo cierto es que representan, una vez más, otra arista en el tradicional sistema financiero,
contribuyendo de manera significativa a la modificación del perfil conocido y, en fin,
abriéndose paso como una novedosa forma de captar los recursos necesarios para la
puesta en marcha de futuros proyectos innovadores. Desde luego las estadísticas son
llamativas tal y como refleja el cuarto informe sobre ICO presentado por la consultora
Price Waterhouse Coopers, donde se recoge que en 2018 se lanzaron más de 1.132
operaciones exitosas, lo que supone el doble de las realizadas en 2017339. Trasladados
337 Sobre la distinción de los criptoactivos, vid. ESMA, Initial Coin Offerings and Crypto-Assets,
(ESMA50-157-1391), 9 de enero de 2019, disponible en https://www.esma.europa.eu/sites/default/files/li-
brary/esma50-157-1391_crypto_advice.pdf, p. 8 .
338 En palabras tanto de la CNMV como del BdE, una ICO «puede hacer referencia tanto a la emisión
propiamente dicha de criptomonedas como a la emisión de derechos de diversa naturaleza generalmente denominados
“tokens” (“vales” podría ser la traducción al español). Estos activos se ponen a la venta a cambio de “criptomonedas” como
bitcoins o ethers o de divisa oficial (por ejemplo, euros)». CNMV y BdE, Comunicado conjunto de la CNMV y del Banco
de España sobre criptomonedas y ofertas iniciales de criptomonedas (ICOs), 8 de febrero de 2018, p. 1, disponible en
https://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrensa/NotasInformativas/18/presbe2018_07.pdf.
339 Vid. PWC , 4th ICO / STO Report. A Strategic Perspective, marzo de 2019, disponible en https://
cryptovalley.swiss/wp-content/uploads/ch-20190308-strategyand-ico-sto-report-q1-2019.pdf. Sobre otras
estadísticas, vid. BURGESS, B., y SANKARAN, A., ICO portfolio is down by 66% in the first half of 2018,
according to EY study, 19 de octubre de 2018, disponible en https://www.ey.com/en_gl/news/2018/10/i-c-o-
portfolio-is-down-by-sixty-six-percent-in-the-first-half-according-to-ey-study e Informe del Securities and
Markets Stakeholder Group para la ESMA, Own Initiative Report on Initial Coin Offerings and Crypto-Assets,
La protección del inversor minorista en el Panorama Fintech 163
los datos a cifras de recaudación nos situaríamos en torno a los 20.000 millones de
dólares340.
Cada vez con mayor frecuencia las empresas con un enfoque innovador y, en
muchas ocasiones, de reciente creación están recurriendo a las ICO como fuente de
financiación alternativa. Sin embargo, no puede soslayarse el hecho de que la mayoría
de las startups inmersas en una ICO se encuentran todavía en fases muy embrionarias
de su proyecto. De hecho, es muy probable que no hayan desarrollado aún su modelo
de negocio. Esta situación de especial incertidumbre dificulta sumamente el acceso a
fuentes tradicionales de capital. Por tanto y mediante una ICO, lo que se busca finan-
ciar es una idea de negocio, un modelo, un plan; en fin, una esperanza.
Si bien el proceso de lanzamiento de una ICO todavía no se encuentra normali-
zado, procederemos a continuación a simplificar y facilitar su entendimiento.
En un primer momento, el emisor debe recurrir a la red blockchain para emitir
o minar el criptoactivo en cuestión que podrá ser una criptomoneda o cualquier otra
unidad de valor representada mediante un token. Este criptoactivo deberá ser tasado
de cara a su posterior adquisición por parte de los inversores. Este proceso dará como
resultado un nuevo criptoactivo o token que será ofertado a un precio determinado y
normalmente expresado en bitcoin, ether o por referencia a una moneda oficial (euro,
dólar, libras etc.). Subyace a este procedimiento la generación de un smart contract cu-
yas características permitirán la automatización de la recepción del método de pago
previsto y la emisión de la contrapartida, esto es, el nuevo criptoactivo previsto341.
Así las cosas, es innegable la complejidad que pueden llegar a presentar las ICO
y, en general, todas las operaciones asociadas a las redes blockchain, para aquellos in-
versores no familiarizados con los numerosos conceptos de índole tecnológica y fi-
nanciera que se solapan a lo largo del proceso342. Por este motivo debemos plantear-
(ESMA22-106-1338), 19 de octubre de 2018, disponible en https://www.esma.europa.eu/sites/default/files/
library/esma22-106-1338_smsg_advice_-_report_on_icos_and_crypto-assets.pdf.
340 Las cifras detalladas cumplen una labor meramente ilustrativa pues la rápida evolución de los eco-
sistemas digitales y la alta volatilidad de las ICOs, mantienen las estadísticas en constante transformación.
Pese a ello, la progresiva implantación de esta nueva forma de financiación y las positivas perspectivas son
innegables y permanecen invariables.
341 Vid. OECD, Initial Coin Offerings (ICOs) for SME Financing, 15 de enero de 2019, disponible en
https://www.oecd.org/finance/initial-coin-offerings-for-sme-financing.htm; GARCÍA RODRÍGUEZ, A.,
“Initial Coin Offerings. El nuevo método de financiación nacido de la globalización y la revolución tecnológi-
ca” , Revista de Derecho del Mercado de Valores, núm. 21, 2018, p. 3, ed. electrónica; BLANCO SÁNCHEZ, M.
J., “Situación regulatoria y actitud de las autoridades competentes ante el fenómeno de las ICOs (Initial Coin
Offerings)”, Revista de Derecho del Mercado de Valores, núm. 23, 2018, p. 2 y ss., ed. electrónica; FMA, Fact Sheet
on Initial Coin Offerings, 1 de octubre de 2018, disponible en https://www.fma-li.li/files/fma/fma-factsheet-
ico.pdf.
342 Y es que el entorno de las ICOs es bastante complejo y las personas que deseen participar en él
deberían asegurarse de estar familiarizados con conceptos como centros de intercambio digital, operadores
de plataformas de negociación, proveedores de carteras digitales…etc. En este sentido, OECD, Initial Coin
Offerings (ICOs) for SME Financing, …op. cit., p . 10.

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