Inicio de la mediación

AutorLuis Fernando Rodríguez
Páginas133-137

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La mediación se inicia generalmente de conformidad con los trámites que las partes hayan establecido al efecto. Si su acuerdo dispone que la mediación ha de llevarse a cabo según el reglamento de una determinada institución, serán entonces sus reglas las que determinen cómo incoar el procedimiento.

Si bien en la mayoría de casos tiene lugar la irma y formaliza-ción de un acuerdo de mediación, esto no es estrictamente necesario para incoar un procedimiento. En ausencia de acuerdo, algunos reglamentos prevén mecanismos adicionales para que una parte pueda invitar a la otra a iniciar una mediación bajo los auspicios del centro y conforme a sus normas.

En deinitiva, para iniciar una mediación no prevista en un con-trato mercantil, basta con que una de las partes lo proponga y la otra acepte.

14. 1 Inicio del procedimiento en la mediación institucional

El Reglamento de Mediación de la CCI es un clásico exponente de cómo se regula la fase de inicio en una mediación institucional. El inicio del proceso de mediación administrado por el centro varía según exista o no un acuerdo entre las partes para someterse al Reglamento.

Cuando existe un acuerdo entre las partes para someter la controversia al Reglamento de Mediación de la CCI, basta con que cualquiera de ellas remita al centro una solicitud escrita en la que se incluyan los siguientes extremos:

· los nombres, direcciones, números de teléfono, direcciones de correo electrónico y cualquier otra información de contac-

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to de las partes en la controversia, así como los de cualquier persona que represente a las partes en el procedimiento257;

· una descripción de la controversia incluyendo una estima-ción de su valor monetario258;

· cualquier acuerdo para utilizar un procedimiento de solu-ción distinto de la mediación o, en ausencia de éste, cualquier propuesta relativa a un procedimiento de solución distinto que desee formular la parte que remite la solicitud259;

· cualquier acuerdo relativo al plazo máximo de tiempo para realizar la mediación o, en ausencia del mismo, cualquier propuesta con respecto a dicho plazo260;

· cualquier acuerdo relativo a los idiomas de la mediación o, en ausencia del mismo, cualquier propuesta con respecto a tales idiomas261;

· cualquier acuerdo respecto al lugar de celebración de las re-uniones en persona o, en ausencia del mismo, cualquier propuesta con respecto a dicho lugar262;

· cualquier designación conjunta de un mediador hecha por todas las partes o cualquier acuerdo adoptado por todas las partes respecto de las características del mediador que deberá ser nombrado por el centro cuando no haya habido una designación conjunta o, en ausencia de tal acuerdo, cualquier propuesta con respecto a las características del mediador263;

· una copia de cualquier acuerdo escrito con arreglo al cual se realice la solicitud264.

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La parte que presenta la solicitud debe enviar copia a las demás partes265y pagar una tasa de registro266. Una vez el centro acusa recibo de la solicitud y del pago de la tasa de registro, la fecha de recepción de la solicitud pasa a considerarse como la fecha de inicio del procedimiento267.

El procedimiento es...

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